SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2019
- Notario
- FRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO
- Domicilio
- Peñaflor
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será Calle San Sebastián N°2.812, oficina N°708, Comuna de Las Condes, ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto será Actividades de Servicios Administrativos y de apoyo; actividades administrativas y de apoyo a oficinas; actividades combinadas de servicios administrativos de oficina; fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo de oficina; cualquier otra actividad u objeto que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a don WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, quien anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar y celebrar en nombre y representación de la sociedad toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o disposición de bienes, sin limitación alguna. En caso de fallecimiento de don WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, la sociedad será administrada por un directorio de tres miembros, cuya instalación y ejercicio deberá ser precedida de una junta de accionistas que los nombre en la forma indicada en el pacto social constitutivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCA SOLEDAD ÁLVAREZ HURTADO, Notario Público Titular de Peñaflor, con Oficio en calle Arturo Prat N°75, comuna de Peñaflor, certifica: Que por escritura pública de fecha 31 de Enero de 2019, ante mí, WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, cédula nacional de identidad N° 12.365.600-8, domiciliado en Calle San Sebastián N° 2.812, oficina N° 708, Comuna de Las Condes; y ALEJANDRO ANDRÉS OSORIO ARÁNGUIZ, cédula nacional de identidad N°18.041.505-K, domiciliado en Calle Mujica N°55, departamento 2.508, Comuna de Ñuñoa, constituyeron sociedad por acciones cuyo nombre será “SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN SpA”. Domicilio: Su domicilio será Calle San Sebastián N°2.812, oficina N°708, Comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda constituir agencias, oficinas y sucursales en otros lugares del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: La duración de la sociedad será indefinida a contar de la fecha escritura extractada. Objeto: El objeto será Actividades de Servicios Administrativos y de apoyo; actividades administrativas y de apoyo a oficinas; actividades combinadas de servicios administrativos de oficina; fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de apoyo de oficina; cualquier otra actividad u objeto que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie, de igual valor y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, suscribió en el acto la cantidad de 700 acciones, a un valor de suscripción total de $700.000, pagado en el acto, en dinero efectivo, ingresado a la caja social; y b) ALEJANDRO ANDRÉS OSORIO ARÁNGUIZ, suscribió en el acto la cantidad de 300 acciones, a un valor de suscripción total de $300.000, pagado en el acto, en dinero efectivo, ingresado a la caja social. Responsabilidad: El o los accionistas sólo serán responsables por las obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. Administración: La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad corresponderá a don WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, quien anteponiendo a su firma la razón social, podrá ejecutar y celebrar en nombre y representación de la sociedad toda clase de actos y contratos, sean éstos de administración o disposición de bienes, sin limitación alguna. En caso de fallecimiento de don WALTERIO ANDRÉS OSORIO CATALÁN, la sociedad será administrada por un directorio de tres miembros, cuya instalación y ejercicio deberá ser precedida de una junta de accionistas que los nombre en la forma indicada en el pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Peñaflor, a 11 de Febrero de 2019.