MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA

RUT 76213105-6 CVE 1546001
Fecha instrumento
11 de febrero de 2018
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
11 de febrero de 2018
Repertorio
159-2019
Notario
EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA
Domicilio
San Miguel con asiento en La Cisterna
Comuna
Santiago

Sociedad

N. fantasía
Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficina y / o sucursales donde lo acuerde, en otras ciudades del país o en el extranjero
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de productos agrícola y)o frutos del país; y en general, la realización de toda clase los negocios relacionados con el giro social y cualquiera otro que los socios acuerden

Administración

La Sociedad será administrada individualmente por don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con amplias facultades en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EVELYN CAROLINA SÁNCHEZ TAPIA, Notario Público Titular de San Miguel con asiento en La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera número ocho mil ochocientos setenta y siete, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública del día once de febrero de 2019, repertorio 159-2019, ante mí; don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, chileno, soltero, comerciante, cédula nacional de identidad número nueve millones setecientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y nueve guion K, domiciliado en Pasaje Santa Águeda número tres mil trescientos cuarenta y nueve, comuna de La Florida, de paso por ésta; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, chilena, soltera, comerciante, cédula nacional de identidad número ocho millones trescientos cuarenta y cinco mil ciento setenta y siete guion siete, domiciliada en Avenida Cerrillos número cuatro mil treinta, local cuatrocientos dieciséis, comuna de Pedro Aguirre Cerda; vienen, en su calidad de únicos y actuales socios de COMERCIAL JARA Y RIQUELME LIMITADA, sociedad de responsabilidad limitada constituida según consta en escritura pública otorgada con fecha dieciocho de mayo del año dos mil doce, otorgada en la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, ante el Notario Público Titular, don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio número diez mil trescientos noventa y dos guion dos mil doce, la que se encuentra inscrita a fojas treinta y tres mil quinientos treinta y cuatro número veintitrés mil quinientos sesenta y tres, del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil doce y se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile, de fecha veintiséis de mayo de dos mil doce, siendo sus únicos y actuales socios doña ROSA DEL ROSARIO MOYA ZÚÑIGA, con el ochenta por ciento de los derechos sociales; doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, con el diez por ciento de los derechos sociales; y don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con el noventa por ciento de los derechos sociales; teniendo un capital social de CUATRO MILLONES DE PESOS, a transformar la Sociedad en una sociedad por acciones, que se regirá de conformidad a lo dispuesto en el Artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, y en especial por los estatutos que se indican a continuación, en adelante los “Estatutos”, y supletoriamente, en silencio de las normas antes señaladas del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo cuatrocientos veinticuatro del Código de Comercio. Razón Social: La razón social será COMERCIALIZADORA DE FRUTOS DEL CAMPO SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “LOS ROBLES SpA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, oficina y / o sucursales donde lo acuerde, en otras ciudades del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, ya sea por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de productos agrícola y/o frutos del país; y en general, la realización de toda clase los negocios relacionados con el giro social y cualquiera otro que los socios acuerden. Capital: El capital de la Sociedad corresponde a la suma de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una. Íntegramente suscrito y pagado por los accionistas de la siguiente forma: /a/ novecientas acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas por el accionista don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS; /b/ cien acciones han sido íntegramente suscritas y pagadas por la accionista doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA.- Administración: La Sociedad será administrada individualmente por don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, con amplias facultades en escritura extractada. Duración: Indefinida. COMPRAVENTA DE ACCIONES. Doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA en su calidad de accionista de dicha sociedad, vende cede y transfiere, libres de todo gravamen, prenda, prohibición, pacto de accionistas, acción resolutoria, deuda y de cualquier limitación al dominio, a don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS, la totalidad de sus acciones en la sociedad ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, esto es cien acciones, que don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS por su parte compra, acepta y adquiere para sí, libres de todo gravamen, prenda, prohibición, pacto de accionistas, acción resolutoria, deuda y de cualquier limitación al dominio las acciones mencionadas; y a su vez éste último paga en este acto el monto correspondiente a cuatrocientos mil pesos a doña ELIZABETH MIRIAM RIQUELME MEZA, quien declara recibir el pago a su entera conformidad. De conformidad a lo señalado en el artículo quinto de los estatutos de COMERCIALIZADORA DE FRUTOS DEL CAMPO SpA y sin que forme parte integrante de los mismos, se deja constancia de que el capital de la Sociedad es de cuatro millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, ordinarias, sin valor nominal, de una misma serie y de igual valor cada una, el cual se encuentra total e íntegramente suscrito y pagado por el accionista don JOSÉ ALFONSO JARA LAVADOS.- Demás estipulaciones escritura extractada. La Cisterna, 11 de febrero de 2018. Evelyn Sánchez Tapia, Notario Público Titular. Evelyn Sanchez Tapia, Notario Público Titular. La Cisterna