TRANSPORTES PIZUERGA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2018
- Notario
- JAVIER GONZALEZ CASTRO
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
- Ley aplicable
- Ley N 19.499
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá en forma individual, separada e indistintamente a los socios LORNA INGRID PICASSO PERLWITZ Y/O JAIME ANDRES SECO GONZALEZ Y/O DIEGO ANDRES SECO ROTH quienes actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las mas amplias facultades señaladas en la escritura citada EXCEPTO en lo relacionado con la venta de bienes muebles y)o bienes raíces, debiendo para su debida celebración exigirse la concurrencia y firma de doña Lorna Picasso Perlwitz con uno cualquiera de los otros dos representantes legales antes señalados. En todo lo no saneado rige plenamente pacto social. Sociedad con un capital total de $3.000.000
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAVIER GONZALEZ CASTRO, Notario Público Temuco, Varas 854, Suplente del Titular don HECTOR BASUALTO BUSTAMANTE. CERTIFICO: por escritura pública hoy ante mí, doña SYLVIA ALICIA HUECHE FUCHSLOCHER, C.I 5.882.043-1 con domicilio en Temuco, calle Lynch 230, en representación de LORNA INGRID PICASSO PERLWITZ, cédula identidad número 5.654.804-1 PAULA ANDREA SECO VASQUEZ, cédula identidad número 10.941.183-3 DIEGO ANDRES SECO ROTH, cédula identidad número 16.997.138-2 ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZALEZ, cédula identidad número 6.825.255-5 JAIME ANDRES SECO GONZALEZ, cédula identidad número 7.860.134-5 ANDRES MANOLO SECO ROTH, cédula identidad número 17.726.938-7 MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS, cédula identidad número 10.007.086 -3 e INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA, Rut numero 76.198.785-2 representada por don Jaime Andrés Seco González, cédula identidad número 7.860.134-5 de conformidad Ley N 19.499 sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, y en relación a lo dispuesto en el articulo 3 de la ley N 3.918 y artículo 426 del Código de Comercio, y respecto al extracto publicado edición Diario Oficial N 42.206 del 16 noviembre 2018 referido a la Cesión de derechos sociales y modificación de la sociedad TRANSPORTES PIZUERGA LIMITADA , fecha de escritura 27 de Septiembre de 2018 rectificada y complementada por otra de fecha 14 de diciembre de 2018, ambas otorgadas ante este mismo notario, rectifica extracto publicado edición Diario Oficial número 42.206 en lo que se refiere a cédula de identidad de María José Fernández Mejías, señalándolo numéricamente forma correcta, que es número 10.007.086-3 y complementando el referido extracto respecto cesiones de derechos que se mencionan en cláusula tercera de la escritura citada, repertorio número ocho mil trescientos veintitrés que se reproduce debidamente: “DE LAS CESIONES a ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZALEZ , con el consentimiento expreso de sus consocios, vende, cede y transfiere a MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS , quien compra, acepta y adquiere para si el cinco coma setenta y cinco por ciento de sus derechos en el total del capital social, pasando dicha cesionaria a ostentar misma calidad jurídica del cedente, incluyendo todas las acciones, haberes y débitos que le correspondían en porcentaje capital social indicado.- El precio es suma de Seis millones cuatrocientos cuarenta mil pesos que la cesionaria paga en este acto al contado al cedente quien declara recibirlo a su entera conformidad. -b) ALEJANDRO QUIRINO SECO GONZALEZ, con el consentimiento expreso de sus consocios vende, cede y transfiere a INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA ,para quien compra, acepta y adquiere su representante legal, el trece coma cero cero por ciento de sus derechos en el total del capital social, pasando dicha cesionaria a ostentar la misma calidad jurídica del cedente, incluyendo todas las acciones, haberes y débitos que le correspondían en el porcentaje del capital social indicado.- El precio de la cesión es la suma de Catorce millones quinientos sesenta mil pesos que la cesionaria paga al contado en este acto al cedente, quien declara recibirlo a su entera satisfacción.” Asimismo se reproduce para complementar extracto, lo referido a modificación pacto social sobre las utilidades y perdidas de la sociedad que se menciona en la cláusula octava de la escritura citada anteriormente, y que se reproduce debidamente : DE LAS UTILIDADES Y PERDIDAS DE LA SOCIEDAD : Las utilidades y eventuales perdidas de la sociedad se repartirán entre los socios en las siguientes proporciones: para la socia LORNA INGRID PICASSO PERLWITZ el cincuenta por ciento; para la socia MARIA JOSE FERNANDEZ MEJIAS el cinco coma setenta y cinco por ciento; para la socia PAULA ANDREA SECO VASQUEZ el dieciocho coma setenta y cinco por ciento; para el socio DIEGO ANDRES SECO ROTH el cinco coma setenta y cinco por ciento: para el socio ANDRES MANOLO SECO ROTH el cinco coma setenta y cinco por ciento, para el socio JAIME ANDRES SECO GONZALEZ, el uno por ciento y para la socia INVERSIONES SANTA SOFIA LIMITADA el trece por ciento, y saneando además el vicio de nulidad respecto al error y omisiones que afectan al extracto señalado, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública de fecha veintisiete de septiembre y catorce de diciembre del dos mil dieciocho, ambas otorgadas ante el notario publico de Temuco, don Héctor Efraín Basualto Bustamante con oficio en calle Antonio Varas número ochocientos cincuenta y cuatro de la ciudad de Temuco. A mayor abundamiento se reproduce íntegramente lo ya publicado correctamente en extracto de fecha antes señalada relacionado con modificación social, referida en cláusula cuarta del pacto social, la administración y uso de la razón social .La administración y uso de la razón social corresponderá en forma individual, separada e indistintamente a los socios LORNA INGRID PICASSO PERLWITZ Y/O JAIME ANDRES SECO GONZALEZ Y/O DIEGO ANDRES SECO ROTH quienes actuando en forma separada y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las mas amplias facultades señaladas en la escritura citada EXCEPTO en lo relacionado con la venta de bienes muebles y/o bienes raíces, debiendo para su debida celebración exigirse la concurrencia y firma de doña Lorna Picasso Perlwitz con uno cualquiera de los otros dos representantes legales antes señalados. En todo lo no saneado rige plenamente pacto social. Sociedad con un capital total de $3.000.000. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 06 de Febrero de 2019.