MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL LLAMA GAS LIMITADA

RUT 76360065-3 CVE 1545288
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de enero de 2019
Notario
R. Alfredo Martin Illanes
Oficio
15 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. Alfredo Martin Illanes, Notario Público Titular 15 Notaría Santiago, Santa Magdalena 98, Providencia, Santiago, CERTIFICA: por escritura pública de fecha 25 de enero de 2019, ante mí, doña LIZT LORETO OJEDA PARDO, doña PAULA IGNACIA FREIRE MENARES, y doña LUCYL ALEXANDRA OJEDA PARDO, todas domiciliadas para estos efectos en calle Gran Avenida nº 9921, comuna de El Bosque, Región Metropolitana, de paso en esta, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “COMERCIAL LLAMA GAS LIMITADA”, Rut 76.360.065-3, constituida por escritura pública de fecha 21 de enero del año 2014, otorgada en este oficio ante notario suplente don Alfredo Antonio Vidueira Meneses, extracto se inscribió a fojas 6.316, Nº4.140 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2014, y publicada en El Diario Oficial de fecha 27 de enero del año 2014. Posteriormente fue modificada por escritura pública de fecha 26 de mayo del año 2017, en este oficio ante notario titular don R. Alfredo Martin Illanes, extracto se inscribió a fojas 42.355, Nº23.151 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago correspondiente al año 2017 y publicada en el Diario Oficial de fecha 2 de junio del año 2017. Finalmente modificada por escritura de fecha 25 de junio del 2018, en este oficio ante notario suplente don Francisco Rubén Rojas Arriagada, extracto inscrito a fojas 49.549, Nº25.685 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces Santiago del año 2018 y publicada en el en: A) doña PAULA IGNACIA FREIRE MENARES, vende, cede y transfiere el 1% de los derechos a doña LUCYL ALEXANDRA OJEDA PARDO, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $50.000, que pagó con anterioridad a este acto, en dinero efectivo, declarando el cedente recibirlo conforme y a entera satisfacción. B) doña PAULA IGNACIA FREIRE MENARES vende, cede y transfiere el 49% de los derechos a doña LIZT LORETO OJEDA PARDO, quien compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de $2.450.000, que pagó con anterioridad a este acto, en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlo conforme y a entera satisfacción. Como consecuencia de estas cesiones de derechos, doña LIZT LORETO OJEDA PARDO, queda con un 99% de los derechos sociales y doña LUCYL ALEXANDRA OJEDA PARDO queda con un 1% de los derechos sociales. Asimismo, las actuales y únicas socias modifican clausula séptima de administración del pacto social por la siguiente: La administración y uso social corresponderá a doña LIZT LORETO OJEDA PARDO. En todo lo no modificado sigue plenamente vigente el pacto social primitivo que por este acto se modifica. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 08 de febrero 2019.