MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA

RUT 84803800-8 CVE 1545018
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2018
Repertorio
74132-2018
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, oficio calle Huérfanos N° 835, piso 18, Sa ntiago, certifica: Por escritura pública de fecha a 27 de diciembre de 2018, repertorio N° 74.132-2018, ante el Notario Suplente de esta Notaría, don Humberto Prieto Concha, comparecieron: /Uno/ don ENRIQUE TOMÁS BONE SOTO actuando en conjunto con doña MARÍA ELENA BRAVO ATRIA en representación de INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA; /Dos/ don HERNÁN GUILLERMO SANTA MARÍA BARROS; /Tres/ don ÁLVARO DE LA BARRA GARCÍA; /Cuatro/ don JORGE FERNANDO CANTO PERALTA actuando en conjunto con doña ELIZABETH MARY JOYCE CARGILL STANDEN, en representación de CARGILL CONSULTORES LIMITADA; /Cinco/ don JOSÉ LUIS OPAZO VILLASECA, por sí, y actuando en conjunto con doña MARIANA BUNSTER CORREA en representación de INVERSIONES Y ASESORÍAS OBU LIMITADA; /Seis/ don MARCOS MANUEL LIMA ARAVENA en representación de MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA; y /Siete don CLAUDIO ENRIQUE PIZARRO TORRES en representación de COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA; todos los anteriores domiciliados en Avenida Presidente Riesco número 5.711, oficina 801, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, quienes modificaron los estatutos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA, Rol Único Tributario N*84.803.800-8, constituida escritura pública de fecha 29 de marzo del año 1977, Notaría de Santiago de don Samuel Fuchs Brotfeld, extracto inscrito a fojas 2756, N*1520, Registro de Comercio del CBR de Santiago del año 1977, en el siguiente sentido: /UNO/ Cesiones de Derechos Sociales: A) INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA, vendió, cedió y transfirió el 1,549% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, quién debidamente representada compró, aceptó y adquirió para sí; B) don HERNÁN GUILLERMO SANTA MARÍA BARROS, vendió, cedió y transfirió el 1,549% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, quién debidamente representada compró, aceptó y adquirió para sí; C) ÁLVARO DE LA BARRA GARCÍA, vendió, cedió y transfirió el 1,548% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, quién debidamente representada compró, aceptó y adquirió para sí; D) CARGILL CONSULTORES LIMITADA, vendió, cedió y transfirió el 1,548% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, quién debidamente representada compró, aceptó y adquirió para sí;. E) INVERSIONES Y ASESORÍAS OBU LIMITADA, vendió, cedió y transfirió el 1,548% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, quién compró, aceptó y adquirió para sí; F) MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, vendió, cedió y transfirió el 1,548% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, quien debidamente representada, compró, aceptó y adquirió para sí; y G) INVERSIONES Y ASESORÍAS OBU LIMITADA, vendió, cedió y transfirió el 14,285% de los derechos sociales de C.I.S. INGENIERÍA LIMITADA a don JOSÉ LUIS OPAZO VILLASECA, quien compró, aceptó y adquirió para sí. Como consecuencia de las cesiones de derechos, se retiró el socio Inversiones y Asesorías OBU Limitada, e ingresó como socio don José Luis Opazo Villaseca.- /DOS/ Producto de las cesiones de derechos sociales, los socios acordaron modificar la Cláusula Cuarta de los Estatutos Sociales, en el siguiente sentido: “CUARTO: El capital social es la suma de cincuenta mil pesos que los socios aportan y enteran en la forma siguiente: Uno) INMOBILIARIA EB DOS LIMITADA, aporta la suma de siete mil ciento cuarenta y dos pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Dos) Don HERNAN GUILLERMO SANTA MARIA BARROS, aporta la suma de siete mil ciento cuarenta y dos pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Tres) Don ALVARO DE LA BARRA GARCIA, aporta la suma de siete mil ciento cuarenta y dos pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Cuatro) MARCOS LIMA CONSULTORES ASOCIADOS LIMITADA, aporta la suma de siete mil ciento cuarenta y dos pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Cinco) COMERCIAL E INMOBILIARIA PAS DOS LIMITADA, aporta la suma de siete mil ciento cuarenta y ocho pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; Seis) CARGILL CONSULTORES LIMITADA, aporta la suma de siete mil ciento cuarenta y dos pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la sociedad; y Siete) Don JOSÉ LUIS OPAZO VILLASECA, aporta la suma siete mil ciento cuarenta y dos pesos, que pagó en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, ingresando en arcas de la Sociedad.”.- /TRES/ Se acordó modificar la cláusula décimo cuarta de los estatutos sociales, referente a continuidad y vigencia de la Sociedad.- /CUATRO/ Se incluyó la cláusula décimo quinta de los estatutos sociales, referente a un pacto de venta y cesión de derechos sociales.-En todo lo no modificado se mantienen plenamente vigentes todas las estipulaciones de los estatutos de la Sociedad. Los socios reiteran expresamente que su responsabilidad por los negocios sociales queda siempre limitada hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto, constan escritura extractada. Santiago, 06 de Febrero de 2019.-