AUREN CONSULTORES DEL MAULE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2019
- Repertorio
- 3060-2019
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (6)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| MARIO ENRIQUE CAYUPÁN EPÚL | socio | 6656460-6 | — | — | |
| WALDO ENRIQUE CATALÁN FUENTES | socio | 6274622-K | — | — | |
| PATRICIO ALEJANDRO CASTILLO ARAYA | socio | 12520737-5 | — | — | |
| CECILIA NANCY DEL CARMEN PÉREZ QUIROZ | socio | 7047593-6 | — | — | |
| OTILIA TERESA MELO PINELA | socio | 6886579-4 | — | — | |
| CARMEN ANDREA ALDANA ESCOBAR | socio | 8483790-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41 Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 1160, Sub-suelo, Santiago, certifica: por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° 3060-2019, MARIO ENRIQUE CAYUPÁN EPÚL , C.N.I.Nº 6.656.460-6; WALDO ENRIQUE CATALÁN FUENTES, C.N.I.Nº 6.274.622-K; ambos Cruz del Sur Nº 133, oficina 301, Las Condes, Santiago; PATRICIO ALEJANDRO CASTILLO ARAYA, C.N.I.Nº 12.520.737-5, Uno Norte Nº931, oficina 421, Talca; CECILIA NANCY DEL CARMEN PÉREZ QUIROZ, C.N.I.Nº 7.047.593-6, Avenida Andrés Bello Nº1251, oficina 901, Providencia, Santiago; OTILIA TERESA MELO PINELA, C.N.I.Nº 6.886.579-4, Chiu Chiu Nº 1.369, Las Condes, Santiago; y CARMEN ANDREA ALDANA ESCOBAR, C.N.I.Nº 8.483.790-3, Uno Norte Nº931, oficina 421, Talca; Acordaron modificar “AUREN CONSULTORES DEL MAULE LIMITADA”, Rut. 76.161.450-9, inscrita a fojas 1.045, número 498, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 2004, en siguiente sentido: A) Cesión de Derechos: a) Otilia Teresa Melo Pinela, vende, cede y transfiere el 15% de los derechos sociales a Patricio Alejandro Castillo Araya. El precio de la cesión es la suma de $750.000; b) Cecilia Nancy del Carmen Pérez Quiroz, vende, cede y transfiere el 5% de los derechos sociales a Patricio Alejandro Castillo Araya. El precio de la cesión es la suma de $250.000; c) Cecilia Nancy del Carmen Pérez Quiroz, vende, cede y transfiere el 10% de los derechos sociales a Waldo Enrique Catalán Fuentes, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $500.000; d) Carmen Andrea Aldana Escobar, vende, cede y transfiere el 15% de los derechos sociales a Mario Enrique Cayupán Epúl, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $750.000; y e) Por el presente acto, Carmen Andrea Aldana Escobar, vende, cede y transfiere el 5% por ciento de los derechos sociales a Waldo Enrique Catalán Fuentes, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión es la suma de $250.000. Forma de pago cesiones: dinero efectivo, al contado. Se retiran de la sociedad Carmen Andrea Aldana Escobar, Cecilia Nancy del Carmen Pérez Quiroz y Otilia Teresa Melo Pinela.- B) Aumento de capital: Los socios de AUREN CONSULTORES DEL MAULE LIMITADA, acuerdan aumentar el capital de la sociedad, en la suma de $10.000.000, es decir desde la suma de $5.000.000, actual capital de estatutos, a un total de $15.000.000. Dicho aumento se paga en dinero efectivo, en este acto: a) Don Patricio Alejandro Castillo Araya: con la suma de $4.000.000; b) Don Mario Enrique Cayupán Epúl: con la suma de $3.000.000; y c) Don Waldo Enrique Catalán Fuentes, con la suma de $3.000.000, quedando de esta manera totalmente pagado el aumento de capital.- C) Como consecuencia de la cesión de derechos y aumento de capital, se acuerda: A) Sustituir el Artículo Quinto del pacto social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es de $15.000.000, aportados de la siguiente manera: a) Don Patricio Alejandro Castillo Araya, la suma de $6.000.000, en dinero efectivo, correspondientes al 40% de los derechos sociales; b) Don Mario Enrique Cayupán Epul, la suma $4.500.000, correspondientes al 30% de los derechos sociales; y c) Don Waldo Enrique Catalán Fuentes, la suma de $4.500.000, en dinero efectivo, correspondientes al 30% de los derechos sociales”- y B) Modificar la cláusula Cuarta de los estatutos, en el siguiente sentido: Artículo Cuarto: la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios Patricio Alejandro Castillo Araya, Mario Enrique Cayupán Epúl y Waldo Enrique Catalán Fuentes, pudiendo actuar indistintamente cualquiera de ellos, con amplias facultades indicadas en escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de Enero de 2019. Félix Jara Cadot. Notario Público.-