SOCIEDAD GARCIA E ITURRA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2019
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Concepción, Octava región del Bio Bio
- Duración
- 3 años, renovable tácita y sucesivamente, por iguales períodos, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término, con a lo menos noventa días de anticipación al vencimiento del periodo respectivo, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción del extracto de constitución de la mismas, debiendo la socia renunciante enviar copia autorizada por el Notario que otorgue la escritura de termino, a través de una carta certificada dirigida por dicho Notario al domicilio del otro
Objeto social
Será la prestación de servicios en relación a las actividades que a continuación se enuncian: a) La explotación de instalaciones especializadas para la práctica de yoga, aeroyoga y otras actividades deportivas. b) La venta de planes y programas que permitan la utilización de las dependencias y participación en las clases impartidas por los profesores del establecimiento. c) La compra y venta de implementos y artículos deportivos afines a la práctica de las actividades y ejercicios físicos propios del establecimiento; así como la compra y venta de vestuario deportivo alusivo a dichas prácticas. d) La compra, venta, arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles o inmuebles destinados al uso o funcionamiento de las actividades propias del establecimiento y cumplimiento de los fines sociales. Además podrá dar asesorías y capacitaciones profesionales y técnicas en esta área; y desempeñarse en la ejecución de otras actividades vinculadas o complementarias de las mencionadas anteriormente que las socias acuerden sin limitaciones de cualquier especie.- Administración, representación y
Administración
corresponderá a ambas socias, quienes podrán actuar conjunta y)o separadamente por la sociedad, con todas las facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público Titular de Concepción, con oficio en esta ciudad, calle O’Higgins 528, certifica: Que por escritura pública de 06 febrero 2019, ante mí, con el Rep.N°794, MARÍA VICTORIA PAZ GARCÍA AGUILERA, profesora, C.I N°16.687.571-4, domiciliada en Pasaje 1, N°39 Villa Nonguen, Concepción, y VALESKA EUGENIA ITURRA ESCOBAR, egresada de técnico en enfermería, C.I N°17.843.473-K, domiciliada en Calle Punta Cerro Alto N°435, Los Copihues, Talcahuano; Constituyen Sociedad Comercial Responsabilidad Limitada.- Razón Social: SOCIEDAD GARCIA E ITURRA LIMITADA, nombre de fantasía de “ENTELATE LIMITADA”, pudiendo abreviar la última palabra como “LTDA”.- Objeto Social: Será la prestación de servicios en relación a las actividades que a continuación se enuncian: a) La explotación de instalaciones especializadas para la práctica de yoga, aeroyoga y otras actividades deportivas. b) La venta de planes y programas que permitan la utilización de las dependencias y participación en las clases impartidas por los profesores del establecimiento. c) La compra y venta de implementos y artículos deportivos afines a la práctica de las actividades y ejercicios físicos propios del establecimiento; así como la compra y venta de vestuario deportivo alusivo a dichas prácticas. d) La compra, venta, arrendamiento o subarrendamiento de bienes muebles o inmuebles destinados al uso o funcionamiento de las actividades propias del establecimiento y cumplimiento de los fines sociales. Además podrá dar asesorías y capacitaciones profesionales y técnicas en esta área; y desempeñarse en la ejecución de otras actividades vinculadas o complementarias de las mencionadas anteriormente que las socias acuerden sin limitaciones de cualquier especie.- Administración, representación y uso de la razón social: corresponderá a ambas socias, quienes podrán actuar conjunta y/o separadamente por la sociedad, con todas las facultades señaladas en escritura extractada.- Capital Social: $1.500.000.- que las socias aportan en la siguiente forma: a) MARÍA VICTORIA PAZ GARCÍA AGUILERA, la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($750.000), valor que es enterado al contado, en dinero efectivo. b) VALESKA EUGENIA ITURRA ESCOBAR, la suma de setecientos cincuenta mil pesos ($750.000). Los valores señalados se considerarán aportados desde la fecha de celebración de la escritura extractada.- Responsabilidad: Limitan hasta el monto de respectivos aportes.- Duración: 3 años, renovable tácita y sucesivamente, por iguales períodos, si ninguna de las socias manifestare su voluntad de ponerle término, con a lo menos noventa días de anticipación al vencimiento del periodo respectivo, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción del extracto de constitución de la mismas, debiendo la socia renunciante enviar copia autorizada por el Notario que otorgue la escritura de termino, a través de una carta certificada dirigida por dicho Notario al domicilio del otro socio. Domicilio Social: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Concepción, Octava región del Bio Bio, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otras regiones del país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada. CONCEPCION, 07 febrero 2019.