MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Olavarría, Leiva y Compañía Limitada

RUT 76023632-2 CVE 1544114
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2018
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2018
Comuna
Providencia

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con Oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren Nº 2615, Providencia, Certifica: Por escritura pública otorgada ante el Notario Reemplazante don Boris Alejandro Aravena Estobar, con fecha 27 de Diciembre del año 2018, don Christian Fenix Olavarría Leiva; doña Teresa Aída Leiva Barraza; doña Diana María Centeno; don Vicente Olavarría Andre y doña Ana María Leiva Barraza, todos domiciliados en Roncesvalles 6467, comuna de Las Condes, Santiago, modifican sociedad de responsabilidad limitada "Sociedad de Profesionales Olavarría, Leiva y Compañía Limitada", constituida 03/06/2008, ante Notario Santiago doña Nancy de la Fuente Hernández, inscrita fojas 25218 Nº 17305 Registro Comercio Santiago año 2008, publicada Diario Oficial 12/06/2008. Modificada en dos oportunidades: Primera Modificación, por escritura pública de fecha 07/06/2011, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia. Segunda Modificación, por escritura pública de fecha 08/08/2012, ante Notario de Santiago don Fernando Celis Urrutia. Modificación consiste: Uno) Christian Fenix Olavarría Leiva, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales equivalentes al 25% de los derechos totales de la sociedad, de la siguiente manera; a) Vende, cede y transfiere a don Vicente Olavarría Andre, el 20% de los derechos totales de la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada; y b) Vende, cede y transfiere a doña Ana María Leiva Barraza, el 5% de los derechos totales de la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada. Dos) Teresa Aída Leiva Barraza, vende, cede y transfiere una parte de sus derechos sociales equivalentes al 25% de los derechos totales de la sociedad, de la siguiente manera; a) Vende, cede y transfiere a doña Ana María Leiva Barraza, el 20% de los derechos totales de la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada; y b) Vende, cede y transfiere a doña Diana María Centeno, el 5% de los derechos totales de la sociedad, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en precio y condiciones fijados escritura extractada. Quedan como únicos socios doña Ana María Leiva Barraza, con el 25% de los derechos sociales; don Christian Fenix Olavarría Leiva, con el 20% de los derechos sociales; doña Teresa Aída Leiva Barraza, con el 20% de los derechos sociales; don Vicente Olavarría Andre, con el 25% de los derechos sociales; y Diana María Centeno, con el 10% de los derechos sociales, quienes modifican cláusulas 1ª y 5ª del pacto social primitivo por las siguientes: "PRIMERO: Socios. Ana María Leiva Barraza, Christian Fenix Olavarría Leiva, Teresa Aída Leiva Barraza, Vicente Olavarría Andre y Diana María Centeno."; y "QUINTO: Capital. $1.000.000, que socios aportan y enteran como sigue: a) Ana María Leiva Barraza, $250.000; b) Christian Fenix Olavarría Leiva, $200.000; c) Teresa Aída Leiva Barraza, $200.000; d) Vicente Olavarría Andre, $250.000; y e) Diana María Centeno, $100.000; todos los aportes al contado y en dinero efectivo, ya ingresados a la caja social". Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. En todo lo no modificado, se mantienen vigentes e inalterables las cláusulas del pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones escritura extractada. Providencia, 09 de Enero de 2019.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.