SETMATCH S.A.
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2019
- Notario
- DIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO
- Domicilio
- titular de Concepción Carlos Miranda Jiménez
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INDUSTONE S.A | socio | 76218427-3 | — | — | |
| Isaac Daniel Rosenblum Cerda | representante | 19452612-1 | — | — | |
| INVERSIONES CALDITO SpA | socio | 76853576-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDIANA BEATRIZ SEPÚLVEDA MORENO, Notario Público suplente del titular de Concepción Carlos Miranda Jiménez, con oficio en calle O’Higgins 820, certifico: Que el 31 de Enero de 2019, ante mi, se redujo a escritura pública “Junta Extraordinaria de Accionistas de SETMATCH S.A, celebrada, en presencia de esta notario, el 31 de enero de 2019, en la que asistió la totalidad de los accionistas: Javier Ignacio Waldron Arentsen, chileno, casado, bioquímico, CNI 15.184.662-9, en representación de INDUSTONE S.A., RUT 76.218.427-3, ambos con domicilio Rengo 175Of. 2-A de Concepción, por 670 acciones suscritas y pagadas; e Isaac Daniel Rosenblum Cerda, chileno, soltero, ingeniero, CNI 19.452.612-1, en representación de INVERSIONES CALDITO SpA, RUT 76.853.576-0, ambos con domicilio Sanders Nº10, Depto. 1505, Chiguayante, por 330 acciones suscritas y pagadas. En la Junta General Extraordinaria de Accionistas también se trataron temas de junta ordinaria. CUARTO PUNTO DE LA TABLA. La Junta adopta el siguiente acuerdo por la unanimidad de las acciones emitidas de la sociedad: Uno) MODIFICAR ESTATUTOS EN RELACIÓN A RAZÓN SOCIAL: reemplazar el artículo Uno de los estatutos por el siguiente: “Artículo Uno: Se constituye una sociedad anónima con el nombre de SETMATCH S.A. la que podrá usar ante toda clase de personas naturales o jurídicas el nombre de fantasía BLUMTEC S.A.” Dos) MODIFICAR ESTATUTOS EN RELACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMPAÑÍA: reemplazar los artículos diez, once, doce y dieciocho de los estatutos por los siguientes: “Artículo diez: La sociedad será administrada por un DIRECTORIO, compuesto de TRES MIEMBROS.” “Artículo once: Los Directores serán elegidos por las Juntas Generales de Accionistas y durarán TRES AÑOS en sus funciones, pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Los Directores podrán ser o no ser accionistas de la sociedad. Los Directores serán elegidos como sigue: cada accionista dispondrá de un voto por acción que posea o represente, y podrá acumularlos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que lo estima conveniente. Resultarán elegidas las personas que en una misma y única votación obtengan el mayor número de votos, hasta completar el número de personas por elegir. -“Artículo doce: El Directorio se reunirá en sesiones ordinarias los días y horas que el mismo determine, debiendo celebrarse a lo menos una vez al año. Las sesiones extraordinarias se celebrarán cuando la cite especialmente el Presidente, por sí o a indicación de uno o más Directores, previa calificación que el Presidente haga de la necesidad de la reunión, salvo que ésta sea solicitada por la mayoría absoluta de los Directores, caso en el cual deberá necesariamente celebrarse la reunión sin calificación previa. Tampoco será necesaria esta calificación previa, tratándose de sesiones extraordinarias que tengan por objeto pronunciarse sobre los traspasos de acciones presentados antes de un cierre del Registro de Accionistas, las cuales no pueden quedar pendientes de pronunciamiento e inscripción. El Directorio dejará constancia en su primera sesión del día, hora y lugar en que se celebrarán mensualmente las reuniones ordinarias, la citación a reuniones extraordinarias se hará por carta al domicilio de los Directores, despachadas con a lo menos cinco días hábiles de anticipación por él o los convocantes. No será necesaria esta convocatoria toda vez que concurran a la sesión la totalidad de los Directores. El Directorio podrá sesionar con asistencia de dos miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría absoluta de los Directores asistentes a la sesión. En caso de empate, decidirá el voto del Presidente o de quién haga sus veces.” “Artículo Dieciocho: El Directorio podrá tener derecho a una remuneración, cuya procedencia, cuantía o forma de cálculo será fijada cada año por la Junta Ordinaria de Accionistas.-” Tres) MODIFICAR EL ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO del estatuto social para adecuarlo a la reforma acordada por el siguiente: “Artículo Primero Transitorio: El DIRECTORIO PROVISORIO DE LA SOCIEDAD estará integrado por las siguientes personas: don Luis Eduardo Sepúlveda Toepfer, doña Karina Helia Benassi Jarpa y don Isaac Daniel Rosenblum Cerda. Este Directorio provisorio durará en sus funciones hasta la primera Junta General de Accionistas.- Se confieren poderes para reducir a escritura pública y solicitar las anotaciones, inscripciones y subinscripciones que en Derecho correspondan. Demás estipulaciones constan escritura extractada.-Concepción, 07 de Febrero 2019.