MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Comercializadora y Fabricadora Hua Rui Limitada

RUT 76927688-2 CVE 1544400
Fecha instrumento
13 de septiembre de 2018

Instrumento

Fecha
13 de septiembre de 2018
Notario
MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Ley aplicable
Ley n° 19.499

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Av. José Miguel Carrera 2536 certifico, que por escritura pública, hoy ante mí, don CHUNHUI QI, chino, soltero, comerciante, c.i.e. n° 24.970.453-9, y don YACEN XUAN, chino, soltero, empresario, rut 48.208.076-6, ambos con domicilio en calle Chacabuco n°48, comuna de Santiago y de paso en ésta; Sanean Constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “Comercializadora y Fabricadora Hua Rui Limitada”, Rut 76.927.688-2, constituida por escritura pública de fecha 13-09-2018, otorgada ante el Notario Público Titular de Santiago, don Félix Jara Cadot, con domicilio en calle Huérfanos n°1.160, comuna de Santiago, cuyo extracto se inscribió a Fs. 71.327 N° 36.603 del año 2018 en el Reg. de Comercio del C.B.R. de Santiago, y se publicó en el D.O. de fecha 20-09-2018, en su edición n°42.160. Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en sanear la Cláusula Quinta en la escritura de Constitución antes mencionada, en el sentido que: en donde dice: “Artículo Quinto: El Capital de la sociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios pagan en este acto, en la siguiente proporción: a) CHUNHUI QI, un cinco por ciento, esto es, cincuenta mil pesos, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresando en la caja social, b) don YACEN KUAN, un noventa y cinco por ciento, esto es, novecientos cincuenta mil pesos, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresando en la caja social”., debe decir: “Artículo Quinto: El Capital de lasociedad es la cantidad de un millón de pesos, que los socios pagan en este acto, en la siguiente proporción: a) CHUNHUI QI, un cinco por ciento, esto es, cincuenta mil pesos, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresando en la caja social, b) don YACEN XUAN, un noventa y cinco por ciento, esto es, novecientos cincuenta mil pesos, en este acto, de contado, en dinero efectivo, e ingresando en la caja social”. Por el presente instrumento, los comparecientes vienen en sanear dicho error, referido precedentemente, conforme lo autoriza la Ley n° 19.499, publicada en el Diario Oficial de fecha 11-04-1997. San Miguel, 23-01-2019.