LIANG E HIJOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2019
- Notario
- SUSANA BELMONTE AGUIRRE
- Oficio
- Undécima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $25.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSUSANA BELMONTE AGUIRRE, Abogado, Notario Público Titular de la Undécima Notaría de Santiago, oficio Paseo Ahumada N° 131, oficina 322, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 23/01/2019, ante VIVIANA GONZALEZ TRABOL, Notario Público Suplente de esta Notaría, compareció YANJI FENG, DAVID FENG LIANG, JAVIER ALEJANDRO FENG LIANG, XING FANG LIANG, YIHUAN LIANG y ZHONGJUAN MO, todos domiciliados en calle Luis Middleton Nro. 1666, Providencia, Santiago, modificaron la sociedad “FENG E HIJOS LIMITADA”, RUT Nro. 76.452.415-2, cuyo capital social estatutario asciende a la suma de $25.000.000. Constituida por Escritura Pública de 29/11/2016, ante FRANCISCO VARAS FERNÁNDEZ, Notario Público de Santiago, extracto inscrito a Fs. 89853 Nro. 48529 en fecha 02/12/2016 ante el Reg. de Com. de Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicada en el Diario Oficial Nro. 41619 CVE 1148142. Subsisten modificaciones a la sociedad, siendo la última por Escritura Pública de fecha 27/09/2017, ante SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público de Santiago, extracto inscrito a Fs. 76223 Nro. 41085 en fecha 06/10/2017 ante el Reg. de Com. de Conservador de Bienes Raíces de Santiago y publicada en el Diario Oficial Nro. 41879 CVE 1284929 en fecha 10/10/2017. Modificaciones consisten: YANJI FENG, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere a YIHUAN LIANG, el 26% de los derechos sociales que tiene en la sociedad FENG E HIJOS LIMITADA. El precio de esta cesión es la suma de $6.500.000, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. - DAVID FENG LIANG, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere a ZHONGJUAN MO, el 26 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad FENG E HIJOS LIMITADA. El precio de esta cesión es la suma de $6.500.000, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción de la cedente. - JAVIER ALEJANDRO FENG LIANG, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere a YIHUAN LIANG, el 24 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad FENG E HIJOS LIMITADA. El precio de esta cesión es la suma de $6.000.000, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción del cedente. - En este acto, XING FANG LIANG, con el expreso consentimiento de los otros socios, vende, cede y transfiere a ZHONGJUAN MO, el 24 % de los derechos sociales que tiene en la sociedad FENG E HIJOS LIMITADA. El precio de esta cesión es la suma de seis millones de pesos, que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, a entera satisfacción de la cedente. - Consecuencia de la cesión, quedan como únicos socios: a) YIHUAN LIANG, con 50% de los derechos sociales; y b) ZHONGJUAN MO, con 50% de los derechos sociales. - Se modifica razón social y denominación de la sociedad, que en lo adelante será: “LIANG E HIJOS LIMITADA”, quedando modificada la cláusula TERCERA del pacto social constitutivo de la forma que sigue: ‘TERCERO: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. El nombre de la sociedad y su razón social será “LIANG E HIJOS LIMITADA”, sin embargo la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive ante los bancos e instituciones financieras con los nombres de fantasía “RESTAURANTE LUCKY UNO SEIS OCHO LTDA.” y/o “LU YIN LTDA”, los que podrá usar de forma conjunta o separada e indistintamente conforme a las necesidades de la misma.’ - Se ratifica a GONZALO ANDRES CALDERON CATALDO, RUT Nro. 12.023.866-3, como Representa Legal de la Sociedad; a quien le corresponderá la administración, representación y uso de la razón social y el nombre de fantasía, conforme a las facultades contenidas en la cláusula cuarta del pacto social primitivo. - En todo lo aquí no mencionado como expresamente modificado, sigue rigiendo inalterado el pacto social primitivo y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04-02-2019.