CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Afianza Corredores de Seguros SpA

CVE 1543714
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
30 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2019
Repertorio
672
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
ciudad de Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

la intermediación en la contratación de toda clase de pólizas de seguros emitidas por compañías aseguradoras que operen legalmente en el país, de conformidad a las normas legales y reglamentarias que regulan la materia; la prestación de servicios de asesoría, asistencia técnica y profesional en materia de contratación de todo tipo de seguros; la inspección y evaluación de riesgos, el análisis de coberturas u otros servicios adicionales ofrecidos en los contratos de seguros; y, la realización de todas las demás actividades conexas, conducentes o complementarias a los objetivos señalados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Huérfanos N° 835, 2º piso, certifica: por escritura pública de fecha 30 de Enero de 2019, Repertorio N° 672, ante mí, Francisco Krumm Montero, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “Afianza Corredores de Seguros SpA”. Domicilio: ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Objeto: la intermediación en la contratación de toda clase de pólizas de seguros emitidas por compañías aseguradoras que operen legalmente en el país, de conformidad a las normas legales y reglamentarias que regulan la materia; la prestación de servicios de asesoría, asistencia técnica y profesional en materia de contratación de todo tipo de seguros; la inspección y evaluación de riesgos, el análisis de coberturas u otros servicios adicionales ofrecidos en los contratos de seguros; y, la realización de todas las demás actividades conexas, conducentes o complementarias a los objetivos señalados. Capital: $1.000.000 dividido en 100 acciones nominativas, de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1º de Febrero de 2019. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.