Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2019
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- Trigésima Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
Objeto social
La sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogada, Notario Público, Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con Oficio en calle Miraflores 178, piso 5, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 01 de febrero de 2019, ante mí: Don JULIO CESAR ARTURO, debidamente representado por don Eduardo Andrés Huidobro Carrere, constituyó una sociedad por acciones, la que se regirá por su estatuto, por las disposiciones del Código de Comercio y la ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código Civil: NOMBRE DE LA SOCIEDAD: El nombre de la sociedad será SOCIEDAD DE INVERSIONES CANGRIE SpA. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto: a) Invertir, en Chile o en el extranjero, en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, títulos, efectos de comercios y cualesquiera otros valores o documentos mercantiles, sean ellos de oferta pública o privada y, en general, toda clase de títulos y valores mobiliarios; b) Participar en toda clase de negocios o empresas inmobiliarias; c) La prestación de toda clase de asesorías en materias comerciales, financieras, económicas, mercantiles, de inversiones, administrativas y consultorías en general; y, d) Administrar por cuenta propia o ajena toda clase de negocios o agencias, representaciones, licencias, marcas comerciales, franquicias, empresas o bienes de cualquier naturaleza. La sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. CAPITAL: El capital social asciende a la cantidad de $500.000 pesos, dividido en 500 acciones ordinarias, nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado en el acto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de febrero de 2019.