INVERSIONES BOSQUES LAGO RANCO SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2019
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- 10ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de la Unión
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o agrícolas, por cuenta propia o de terceros; la formación y participación en sociedades del área inmobiliaria y cualquiera otra actividad relacionada en lo comercial, en la actualidad o futuro, con el giro inmobiliario; b) La inversión en toda clase de capitales, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo sociedades, civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la adquisición y enajenación de efectos de comercio, por sí o por cuenta de terceros, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y en general, toda actividad relacionada con el rubro inversiones; y, en general, cualesquiera otras actividades o negocios relacionados con los ya señalados. En general la sociedad de inversiones podrá realizar la más amplia gama de negocios en todo los rubros, legamente permitidos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Notario Público Titular, 10ª Notaría Santiago, Agustinas 1235, piso 2, local 1 y 2, CERTIFICO: Por escritura pública de hoy, ante mí, INVERSIONES GOLDENBOY SpA, Rut.N° 76.934.226-5, Santa Victoria 387, depto. 407, Santiago; ASESORIAS LUIS GONZALO BERNARDO DE LA RIVERA REYTER EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, llamada también “AIGAR E.I.R.L.”, Rut. N° 76.161.615-3, Paseo Bulnes 139, oficina 76, Santiago; e INVERSIONES RUSOREN SpA, Rut. N° 76.978.731-3, Fundo Ranco Lote B Dos, Puerto Nuevo, La Unión, Región de Los Ríos de paso en ésta, constituyeron Sociedad por Acciones “INVERSIONES BOSQUES LAGO RANCO SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será a) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, administración u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o agrícolas, por cuenta propia o de terceros; la formación y participación en sociedades del área inmobiliaria y cualquiera otra actividad relacionada en lo comercial, en la actualidad o futuro, con el giro inmobiliario; b) La inversión en toda clase de capitales, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos o debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo sociedades, civiles o comerciales, comunidades o asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; la adquisición y enajenación de efectos de comercio, por sí o por cuenta de terceros, la formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro, y en general, toda actividad relacionada con el rubro inversiones; y, en general, cualesquiera otras actividades o negocios relacionados con los ya señalados. En general la sociedad de inversiones podrá realizar la más amplia gama de negocios en todo los rubros, legamente permitidos. Domicilio: ciudad de la Unión, sin perjuicio de poder establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $5.000.000, dividido en 500 acciones nominativas única serie sin valor nominal, suscritas y pagadas como sigue: a) GOLDENBOY SpA, aporta $2.000.000., equivalente 40% capital social; b) AIGAR E.I.R.L., aporta $2.000.000., equivalente 40% capital social, y c) INVERSIONES RUSOREN SpA, aporta $1.000.000, equivalentes 20% capital social. Capital totalmente suscrito y pagado. Administrador: Raúl Marcelo Orellana Durand, amplias facultades.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de Enero de 2019.