MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA E INVERSIONES ACUÑA ANFOSSI LIMITADA

RUT 79886570-6 CVE 1542891
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
EDUARDO AVELLO CONCHA
Oficio
27 Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público Titular de la 27 Notaria de Santiago, Orrego Luco 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de 28 de diciembre del 2018, suscrita ante Margarita Moreno Zamora, Notario Suplente este oficio, Sres. VICENTE ANDRÉS ACUÑA ANFOSSI, Parcela Tres Montes, sector Chacarillas-Unihue, comuna de Maule, Región del Maule, ROLANDO ANTONIO ACUÑA ANFOSSI, calle José Zapiola N° 8050, casa J, comuna de La Reina, Santiago, ELIZABETH ELENA ACUÑA ANFOSSI, Lomas de Pilauco S/N, comuna de Los Lagos, Región de Los Ríos, MARISOL CARMEN ACUÑA ANFOSSI, domiciliada en calle José Zapiola N° 8050, casa K, comuna de La Reina, Santiago, DELIA DALILA ACUÑA JIMÉNEZ, Manuel Montt N° 1940, departamento 202, comuna de Providencia, Santiago, CLARA VERÓNICA ACUÑA JIMÉNEZ, Antupirén N° 7602, departamento 642, comuna de Peñalolén, Santiago, y, CAROLINA SOFÍA ACUÑA JIMÉNEZ, Avenida Cristóbal Colón N° 6.465, departamento 801-C, comuna de Las Condes, Santiago, celebraron una partición parcial, adjudicación y modificación de la sociedad comercial de responsabilidad limitada, bajo razón social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES ACUÑA ANFOSSI LIMITADA”, inscrita a fs. 27 vta. Nº 26, Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talca, año 1989: A.- DE LA PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN: Socios Vicente Andrés Acuña Anfossi, Rolando Antonio Acuña Anfossi, Elizabeth Elena Acuña Anfossi, Marisol Carmen Acuña Anfossi, Delia Dalila Acuña Jiménez, Clara Verónica Acuña Jiménez y Carolina Sofía Acuña Jiménez celebraron partición parcial, liquidación y adjudicación de los derechos de la socia fallecida Sra. Dalila Elena Anfossi Muñoz en la sociedad, ascendentes al 68%, de la siguiente forma: a.- Vicente Andrés Acuña Anfossi se adjudicó el 13,6% de los derechos sociales en la sociedad, en $172.000.000.-; b.- Rolando Antonio Acuña Anfossi se adjudicó el 13,6% de los derechos sociales en la sociedad, en $172.000.000.-; c.- Elizabeth Elena Acuña Anfossi se adjudicó el 13,6% de los derechos sociales en la sociedad, en $172.000.000.-; d.- Marisol Carmen Acuña Anfossi se adjudicó el 13,6% de los derechos sociales en la sociedad, en $172.000.000.-;e.- Delia Dalila Acuña Jiménez, Clara Verónica Acuña Jiménez y Carolina Sofía Acuña Jiménez se adjudicaron, en conjunto, el 13,6% de los derechos sociales en la sociedad, en $172.000.000.- B.- DE LA CESIÓN DE DERECHOS: Socias Delia Dalila Acuña Jiménez, Clara Verónica Acuña Jiménez y Carolina Sofía Acuña Jiménez venden, en conjunto, el total de sus derechos sociales ascendentes al 13,6% de los derechos sociales en la siguiente forma: a.- Venden el 3,4% de sus derechos en la sociedad a Vicente Andrés Acuña Anfossi, en $43.000.000.-, pagaderos en la forma señalada en la escritura; b.- Venden el 3,4% de sus derechos en la sociedad a Rolando Antonio Acuña Anfossi, en $43.000.000.-, pagaderos en la forma señalada en la escritura:c.- Venden el 3,4% de sus derechos en la sociedad a Elizabeth Elena Acuña Anfossi, en $43.000.000.-, pagaderos en la forma señalada en la escritura; y, d.- Venden el 3,4% de sus derechos en la sociedad a Marisol Carmen Acuña Anfossi, en $43.000.000.-, pagaderos en la forma señalada en la escritura. A consecuencia de las cesiones, se retiran de la sociedad Delia Dalila Acuña Jiménez, Clara Verónica Acuña Jiménez y Carolina Sofía Acuña Jiménez. Participación en la sociedad queda de la siguiente forma, sumando los derechos que socios ya tenían en la sociedad, que se adjudican y adquieren en este acto: Vicente Andrés Acuña Anfossi, Rolando Antonio Acuña Anfossi, Elizabeth Elena Acuña Anfossi y Marisol Carmen Acuña Anfossi, con el 25% de los derechos sociales cada una de ello. C.- DE LA MODIFICACIÓN DE LA SOCIEDAD: Socios Vicente Andrés Acuña Anfossi, Rolando Antonio Acuña Anfossi, Elizabeth Elena Acuña Anfossi y Marisol Carmen Acuña Anfossi modifican pacto social en el siguiente sentido: Modifican la cláusula cuarta del pacto social quedando su encabezado del siguiente tenor: “CUARTO: La administración y el uso de la razón social corresponderá a don Vicente Andrés Acuña Anfossi actuando conjuntamente con uno cualquiera de los socios Rolando Antonio Acuña Anfossi, Elizabeth Elena Acuña Anfossi o Marisol Carmen Acuña Anfossi, con las facultades indicadas en pacto social.” Socios limitan responsabilidad a monto de los aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, Enero 04 de 2019.