Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2019
- Notario
- JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la 42° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la 42° Notaria de Santiago, Agustinas N° 1070 2° piso, certifica: por escritura pública de fecha 01 de Febrero de 2019 ante mí, don JAVIER ANTONIO VALDIVIA GUTIÉRREZ; don GUNTER STROMBERGER CESEN y don JUAN FRANCISCO PUMPIN BRAVO, constituyeron sociedad por acciones: NOMBRE: “COMPAÑÍA MINERA EL ROBLE SpA”, pudiendo usar ante bancos o instituciones financieras, el nombre de fantasía “EL ROBLE SpA”. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: A) la exploración, reconocimiento, prospección y/o explotación de concesiones mineras propias o de terceros, pudiendo desarrollar todas y cada una de dichas actividades por cuenta propia o a través de terceros. B) La compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación de minerales metalíferos y no metalíferos. C) El beneficio de minerales por cuenta propia o a través de terceros. D) La compra, venta, distribución, comercialización, importación y exportación de productos mineros ya beneficiados. E) La explotación y/o extracción de sustancias minerales no metálicas, por cuenta propia o a través de terceros. F) La prestación de asesorías geológicas, comerciales y legales en materias mineras, comerciales y legales. G) la importación, exportación, distribución y/o comercialización de partes y/o repuestos automotrices; la prestación de servicios mecánicos de toda especie. H) El establecimiento de oficinas Comerciales y/o Administrativas en apoyo a los giros anteriores. CAPITAL: El capital de la empresa es la suma de cien millones de pesos dividido en mil acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se entera y paga en la forma señalada en artículo transitorio. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de sucursales o agencias que pueda abrir a lo largo del país. DURACION: Indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 04 de Febrero de 2019.