MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS LEGALES CABELLO Y COMPAÑÍA SpA

RUT 76729995-8 CVE 1542924
Capital
$290.000 CLP
Fecha instrumento
10 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2019
Repertorio
1129-2019
Notario
FÉLIX JARA CADOT
Oficio
41ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$290.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
5 años a contar de escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, a menos que se manifieste voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de prórroga por escritura anotada al margen de inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, a respectivo vencimiento. Administración y uso de

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FÉLIX JARA CADOT, Notario Público Titular 41ª Notaría de Santiago, Huérfanos N° 1160, subsuelo, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 10 de Enero de 2019, Repertorio N° 1.129-2019, ante mí, INVERSIONES VITO LIMITADA y ASESORÍAS EL RETAMO SpA, ambas domiciliadas en calle Alonso de Córdova N° 5900, comuna de Las Condes, Región Metropolitana ; modificaron la sociedad “ASESORÍAS LEGALES CABELLO Y COMPAÑÍA SpA”, con la concurrencia de la totalidad de sus accionistas, inscrita a Fojas 26.703, Número 14.800 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017. Modificaciones consistentes en: A) la transformación de la naturaleza jurídica de la sociedad desde una sociedad por acciones a una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos a continuación extracto: Nombre o razón social: “ASESORÍAS LEGALES CABELLO Y COMPAÑIA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los fines el nombre de fantasía “CABELLO LTDA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, principalmente en materias legales, tributarias y laborales; b) Actividades, asesorías y servicios en materias de capacitación e instrucción técnica y profesional; c) Desarrollar todo tipo de inversiones con fines rentísticos, en Chile y/o en el extranjero, por cuenta propia o comisión , la adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, valores mobiliarios, efectos de comercio y derechos en sociedades de cualquier ; y d) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. Capital: $500.000 totalmente pagado y enterado por los socios en las siguientes proporciones: a) Inversiones Vito Limitada aporta la suma de $290.000, equivalente al 58% del capital social; y, b) Asesorías El Retamo SpA aporta la suma de $210.000, equivalente aproximadamente al 42% del capital social. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país o extranjero. Duración: 5 años a contar de escritura, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales, a menos que se manifieste voluntad de ponerle término al vencimiento del plazo inicial o de prórroga por escritura anotada al margen de inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, a respectivo vencimiento. Administración y uso de razón social: corresponderá a don Juan Pablo Cabello Palma. Responsabilidad: limitada a sus respectivos aportes. B) el aumento del capital social de la suma de $500.000 a la suma de $840.000, esto es en la suma de $340.000 que paga íntegramente el socio Inversiones Vito Limitada, al contado y en dinero en efectivo. Como consecuencia se modifica el artículo 6° en el siguiente sentido: Capital: $840.000 totalmente pagado y enterado por los socios en las siguientes proporciones: a) Inversiones Vito Limitada aporta la suma de $630.000, equivalente al 75% del capital social; y, b) Asesorías El Retamo SpA aporta la suma de $210.000, equivalente aproximadamente al 25% del capital social. En todo lo no modificado permanecen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Santiago, 10 de enero de 2019. Félix Jara Cadot, Notario Público.