Sociedad Comercial & Propiedades Ramsay Limitada
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2019
- Notario
- Vicente Sánchez Cuesta
- Domicilio
- Ligua
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Administración
- La administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la representación de la sociedad corresponderá a doña María Pilar Buzeta Oro y a don Juan Pablo Buzeta Ramsay, quienes actuando en forma individual o conjunta, la ejercerán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, que se indican en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVicente Sánchez Cuesta, Notario Público de La Ligua, con oficio en calle Ortíz de Rozas N° 836, La Ligua, certifica: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 23 de enero de 2019, MARIA PILAR BUZETA ORO, domiciliada en Avenida Manquehue Norte número dos mil doscientos veinticuatro, departamento 31, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; JULIETA GARRIGA ARENTSEN, domiciliada en calle Padre del Río número trescientos treinta y ocho, Laguna de Zapallar, Región de Valparaíso; y JUAN PABLO BUZETA RAMSAY, domiciliado en calle Las Hualtatas Interior, número cinco mil cuatrocientos quince, departamento cincuenta y tres, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; modificaron “SOCIEDAD COMERCIAL & PROPIEDADES RAMSAY LIMITADA”, RUT N° 76.917.527-K, constituída por escritura pública de 18 mayo 2017, otorgada en notaría de Santiago de Felix Jara Cadot, publicada en Diario Oficial de 26 mayo 2017 e inscrita en extracto a Fojas 50 vuelta, N°52, Registro. Comercio Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, año 2017. Por escritura que extracto Julieta Garriga Arentsen, cedió y transfirió el 20% de los derechos sociales en la sociedad a Juan Pablo Buzeta Ramsay, quién los compró y adquirió para sí en la suma de $200.000, pagada; asimismo, Julieta Garriga Arentsen, cedió y transfiió el 20% de los derechos sociales en la sociedad a María Pilar Buzeta Oro, quién los compró y adquirió para sí en la suma de $200.000, pagada. Los actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad, esto es, Juan Pablo Buzeta Ramsay, dueño del 50% de los derechos sociales y María Pilar Buzeta Oro, dueña del 50% de los derechos sociales, acordaron modificar los estatutos de la sociedad sustituyendo íntegramente los artículos Quinto y Noveno de los mismos, referidos al capital social y a la administración de la sociedad, por los siguientes: “QUINTO: CAPITAL DE LA SOCIEDAD.- El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000 que los socios aportan en la siguiente proporción: a) don Juan Pablo Buzeta Ramsay, aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en caja social; y b) doña María Pilar Buzeta Oro, aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% de los derechos sociales, íntegramente pagados e ingresados en caja social.” y NOVENO: ADMINISTRACION Y USO DE LA RAZON SOCIAL.- La administración de la sociedad, el uso de la razón social, y la representación de la sociedad corresponderá a doña María Pilar Buzeta Oro y a don Juan Pablo Buzeta Ramsay, quienes actuando en forma individual o conjunta, la ejercerán y representarán con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, que se indican en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Ligua, 01 febrero 2019.