MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

MANTENCIONES Y SERVICIOS INDUSTRIALES ELÉCTRICOS (M.S.I.) SpA

CVE 1542452
Fecha instrumento
24 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
24 de enero de 2019
Repertorio
14313
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
- El domicilio de la Sociedad es la Ciudad de Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público, Titular de la Séptima Notaría de Santiago, con oficio en Agustinas once mil ciento sesenta y uno, entrepiso, certifico: Por escritura pública de fecha 24 de enero de 2019, ante mí, don GUILLERMO IVAN LARA LARA, chileno, casado, Independiente, C. I. Nº10.235.327-7, con domicilio en pasaje Hermano Antonio Martínez # 9918, comuna de La Granja, ciudad de Santiago, y de paso por ésta; declara lo siguiente: El compareciente, es el único y actual accionista de la sociedad MANTENCIONES Y SERVICIOS INDUSTRIALES ELÉCTRICOS (M.S.I.) SpA, constituida por escritura pública el 07de Noviembre de 2018, en Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz, repertorio Nº 14.313, del año 2018, e inscrita a Fs. 85.807, Nº 44.036 del Registro de Comercio del año 2018, del Conservador Comercio Santiago, y publicada Diario Oficial Edición Nº 42.205, de 15 de noviembre de 2018, cuyo capital vigente asciende a la suma de cinco millones de pesos, los que quedaran suscritos en el plazo de cinco años desde su constitución, divididos en cinco acciones, todas nominativas, de una única serie y sin valor nominal, viene en modificar la sociedad en el siguiente sentido: PRIMERO. El Accionista Guillermo Iván Lara Lara como único accionista viene en modificar El artículo segundo del título primero de la escritura de sociedad ya individualizada, por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO. DOMICILIO.- El domicilio de la Sociedad es la Ciudad de Santiago, sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero”.-SEGUNDO.En todo lo no modificado, continúa plenamente vigente en todas sus partes, el estatuto social primitivo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de febrero de 2019.