INMOBILIARIA JP HUACHALALUME S.A.
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2019
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Objeto social
Efectuar toda clase de inversiones inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título bienes inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado. La sociedad podrá desarrollar estas actividades por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Mauricio Johnson Undurraga | socio | 12584428-6 | — | — | |
| Juan Rafael Arnaiz Johnson | socio | 10180709-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, Notario titular de la 18° Notaría de Santiago, Bandera 341, of. 857, Certifica: Por escritura pública de 25 de enero de 2019, ante mí, Mauricio Johnson Undurraga, CI N° 12.584.428-6, domiciliado en Av. Del Valle 512, of. 801, Ciudad Empresarial, Huechuraba, Santiago, y Juan Rafael Arnaiz Johnson, CI N° 10.180.709-6, domiciliado en Av. Isidora Goyenechea 3.642, piso 3, Las Condes, Santiago, constituyeron sociedad anónima cerrada, Ley 18.046 de 1981, con las siguientes estipulaciones: Nombre: “INMOBILIARIA JP HUACHALALUME S.A.” Domicilio: Santiago, Región Metropolitana. Duración: Indefinida. Objeto: Efectuar toda clase de inversiones inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título bienes inmuebles, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado. La sociedad podrá desarrollar estas actividades por cuenta propia o ajena, directamente o por medio de otras sociedades en las cuales participe, pudiendo tener en ellas inclusive la calidad de socia gestora. Capital: $20.000.000.-, dividido en 20.000 acciones de una misma serie nominativas y sin valor nominal, íntegramente suscrito en el acto de la constitución por los accionistas fundadores, y pagadero en dinero efectivo dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2019.