Comercial e Inversiones Falcon Limitada
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2019
Sociedad
- Capital
- $4.700.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Elías Tadres Hales, Notario Temuco, Oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 17 de Enero de 2019, ante mi, Don MARTIN GONZALO SOLAR MONSALVES de nacionalidad Chilena, de estado civil casado y separado totalmente de bienes, de profesión Ingeniero Civil Industrial, domiciliado en calle Rudolff Número mis seiscientos once Villa Asturias, Ciudad y Comuna de Valdivia, y de paso en ésta, cédula nacional de identidad número ocho millones seiscientos noventa y cinco mil seiscientos treinta y uno guion cuatro; doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL, de nacionalidad Chilena, de estado civil casada y separada totalmente de Bienes, comerciante, domiciliada en calle Lagos número ochocientos cincuenta y ocho, comuna y ciudad de Temuco, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos sesenta y nueve mil seiscientos cincuenta y seis guion cero; y don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, de nacionalidad Chilena, de estado civil casado y separado totalmente de bienes, trabajador dependiente, domiciliado en Lagos número ochocientos cincuenta y ocho, comuna y ciudad de Temuco, Cédula Nacional de Identidad Número siete millones doscientos veintidós mil quinientos setenta y cinco guion nueve, Rectificaron Escritura de Modificación de Sociedad de fecha cuatro de Diciembre de dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales, anotada en el repertorio de instrumentos públicos bajo el número nueve mil novecientos cincuenta y ocho, años dos mil dieciocho por ser el reparo cláusula esencial: - En la escritura reparada, consta que los comparecientes modificaron la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada “COMERCIAL E INVERSIONES FALCON LIMITADA”, pudiendo actuar, contratar y funcionar con el nombre de fantasía “COMERCIAL E INVERSIONES FALCON LTDA.” o “FALCON LTDA.”, Rol Unico Tributario número setenta y seis millones doscientos veintidós mil trescientos cuarenta y seis guión cinco, cuyo extracto originalmente fue inscrito a fojas mil trescientos treinta y siete vuelta número mil setenta y cinco en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil doce y publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta mil trescientos seis, de fecha siete de Julio de dos mil doce.- La escritura original o primaria se otorgó por escritura pública de fecha veintisiete de Junio del año dos mil doce ante el Notario Público de Temuco don Héctor Efraín Basualto Bustamante.- La modificación consistió en que don MARTIN GONZALO SOLAR MONSALVES, vendió, cedió y transfirió a don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, quien aceptó y adquirió para sí, el setenta por ciento de su interés en la sociedad, equivalente a la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS que don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, pagó en dinero efectivo, al cedente, y doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL declaró expresamente que prestó su total aprobación a don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, para celebrar el referido acto de Cesiones de Derechos Sociales y en consecuencia, aceptó como nuevo socio, con un setenta por ciento de participación en el capital social y un treinta por ciento de participación a la Señora Alarcón Vidal, y que en consecuencia, serían desde ese momento, únicos socios de la compañía doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL con un treinta por ciento en el capital social y don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES con un setenta por ciento en el capital social.- Por el referido instrumento de cuatro de Diciembre de dos mil dieciocho, los únicos socios don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES y doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL, modificaron: A) la cláusula CUARTA del pacto social en el sentido que: “La administración, representación, y uso de la razón social, corresponderá en forma exclusiva a don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, quien anteponiendo a la razón social su firma tendrá todas y cada una de las facultades y limitaciones descritas en la misma cláusula del pacto social” la que se mantiene en los mismos términos. B) Modificaron también la cláusula QUINTA del pacto social en el siguiente sentido: señala la escritura de modificación de fecha cuatro de Diciembre de dos mil dieciocho, pero se señaló en forma errónea que “se aumenta el capital social de la suma de Cuatro Millones de PESOS, a la suma de CINCO MILLONES de PESOS; doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL, mantiene su aporte en Un Millón doscientos mil pesos y don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES , aporta la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS ya enterados anteriormente por el cedente Martín Gonzalo Solar Monsalves, más la suma de SETECIENTOS MIL PESOS en dinero en efectivo, que en este acto ingresa en caja social”.- Este párrafo subrayado se elimina, Y SE REEMPLAZA POR EL SIGUIENTE: “se aumenta el capital social de Cuatro Millones de Pesos a la suma de $4.700.000.-; doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL aumenta su aporte de Un millón doscientos mil pesos - ya aportados anteriormente - en doscientos diez mil pesos que ingresa en este acto en la caja social, siendo su aporte total de UN MILLON CUATROCIENTOS DIEZ MIL PESOS; y don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, aporta la suma de dos millones ochocientos mil pesos ya aportados anteriormente por el cedente Martin Gonzalo Solar Monsalves, y adquiridos por el cesionario, más la suma de cuatrocientos noventa mil pesos en dinero efectivo que en este acto ingresa en caja social, haciendo un total de por éste socio de TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL PESOS; de ésta forma don JOSE ANTONIO SOLAR MONSALVES, tiene un setenta por ciento, de participación en el capital social y doña HAYDEE LUISA ALARCON VIDAL un treinta por ciento de participación en el capital social”.- En todo lo no modificado, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original de fecha veintisiete de Junio del año dos mil doce, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Héctor Efraín Basualto Bustamante y las de la Escritura de Modificación de Sociedad de fecha cuatro de Diciembre de dos mil dieciocho, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Jorge Elías Tadres Hales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada Temuco, 04 de Febrero de 2019.