MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PROMAQ INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA

RUT 77579730-4 CVE 1541785
Capital
$435.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de enero de 2019
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$435.000.000 CLP
Domicilio
En la ciudad de Santiago

Administración

El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Juan Enrique Delbene González y Mario Hernán Rojas Besoaín en forma conjunta, quienes anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades. Responsabilidad limitada al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Abogado, Notario, Publico Suplente del Titular de la 9 Notaría Santiago, don Pablo A. Gonzalez Caamaño con oficio en calle Teatinos Nº333, entrepiso, certifico: por escritura pública de fecha 28 de enero de 2019, ante el Titular, don JUAN ENRIQUE DELBENE GONZÁLEZ, chileno, soltero, ingeniero, cédula nacional de identidad número 7.256.229-1 y don MARIO HERNAN ROJAS BESOAIN, chileno, casado y separado de bienes, ingeniero, cédula nacional de identidad número 6.458.542-8, ambos domiciliados en Sitio 24 Panamericana Norte Km. 17 1/2 Parque Industrial Santa Isabel Camino Interior 1474, Lampa, Región Metropolitana, declararon que en su calidad de únicos socios por iguales partes, fusionan por absorción la sociedad PROMAQ INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA, inscrita a fojas 8384 número 6.794 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2001, con la sociedad REVESTIMIENTOS INDUSTRIALES SANTA ISABEL LIMITADA, inscrita a fojas 55.150, número 38.540 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, pactando que se fusionen en una sola sociedad, fusión que se efectúa absorbiendo la primera de ellas, esto es, la sociedad “Promaq Ingeniería y Construcción Limitada” Rol Único Tributario 77.579.730-4 a la sociedad “Revestimientos Industriales Santa Isabel Limitada", Rol Único Tributario 76.221.805-4, la cual aporta a la sociedad “Promaq Ingeniería y Construcción Limitada” todo su activo, con cargo de pagar, esta última, todo el pasivo. Como consecuencia de la fusión acordada, se disuelve la sociedad absorbida, esto es, la sociedad “Revestimientos Industriales Santa Isabel Limitada”, que se fusiona con la absorbente, sin que sea necesario proceder a su liquidación. Los comparecientes ya individualizados, como únicos socios, otorgaron texto definitivo y refundido de estatuto social de la sociedad Promaq Ingeniería y Construcción Limitada, declarando que el nombre será “PROMAQ INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA", pudiendo usar como nombre de fantasía el de “Promaq Ltda”. El Objeto de la sociedad será el desarrollo de estudios y proyectos de ingeniería, la construcción, instalación y montaje por cuenta propia o de terceros de sistemas y/o equipos para las áreas minera, Industrial, Forestal, Pesquera, Alimentos, Medio Ambiente y otros. La aplicación de tecnologías especiales en los diferentes procesos a través de construcciones elaboradas en taller y/o fijas en obra, para el manejo de productos, subproductos y residuos industriales. La prestación de servicios de asesoría profesional, en general, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras así como toda actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores que los socios acuerden. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $435.000.000, el cual está completamente pagado, que los socios don MARIO HERNAN ROJAS BESOAIN y don JUAN ENRIQUE DELBENE GONZALEZ, aportan por partes iguales, según se señalara en la escritura de fusión. Administración: El uso de la razón social y la administración de la sociedad corresponderá a don Juan Enrique Delbene González y Mario Hernán Rojas Besoaín en forma conjunta, quienes anteponiendo su firma a la razón social, la representarán con las más amplias facultades. Responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. Duración dos años pudiendo renovarse tácitamente por periodos iguales. Domicilio: En la ciudad de Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales en el país o extranjero Demás estipulaciones constan en escritura extractada.