INVERSIONES ALM SpA
Instrumento
- Fecha
- 11 de enero de 2019
- Notario
- CLAUDIA PIA ALEJANDRA MUÑOZ POZZO
- Oficio
- Titular de la 4ta Notaría de Talca
- Comuna
- Talca
Sociedad
- Capital
- $60.000.000 CLP
Administración
- ARTÍCULO DÉCIMO:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA PIA ALEJANDRA MUÑOZ POZZO, Abogada, Notario Público Suplente del Titular de la 4ta Notaría de Talca, don JAIME ANDRÉS SILVA SCIBERRAS, con oficio en calle 2 Oriente N°1140, de esta ciudad, Certifica: Que por escritura pública de fecha 11 de Enero de 2019, ante mí, FRANCISCO JAVIER ANTONIO LEYTON MUÑOZ, Chileno, Abogado, soltero, Cédula Nacional de Identidad número quince millones setecientos ochenta y dos mil quinientos noventa y cinco guion k (15.782.595-K), domiciliado en calle uno Norte N° 841, Block b2, departamento c3, edificio Progresur, de la ciudad de Talca, y don CRISTHOFER ALEXIS AHUMADA CORDOVA, Chileno, Empresario, soltero, cedula nacional de identidad número dieciséis millones cuatrocientos cincuenta y seis mil cuatrocientos setenta y seis guion dos (16.456.476-2), domiciliado en calle diecinueve y media sur, pasaje B, N° 562 de la ciudad de Talca, modificaron escritura pública de Constitución de sociedad “INVERSIONES ALM SpA.,” de fecha 12 de Octubre de 2018, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Talca, Jaime Silva Sciberras, Repertorio número 2.774-2018, Rol único tributario número setenta y seis millones novecientos cuarenta y dos mil ochocientos trece guion cinco (76.942.813-5), cuyo extracto fue publicado en el Diario Oficial de la Republica en su edición de fecha 20 de Octubre de 2018, el cual se encuentra inscrito a fojas 2328, número 810, del Registro de Comercio del año 2018 del Conservador de Bienes Raíces de Talca, Capital $60.000.000.- en el siguiente sentido: La cláusula o articulo decimo de la escritura individualizada precedentemente, queda de la siguiente manera:TÍTULO TERCERO: ADMINISTRACIÓN.- ARTÍCULO DÉCIMO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la Sociedad se sujetará a las siguientes reglas: Uno) No existirá directorio de la Sociedad que ejerza la administración social; Dos) Corresponderá exclusivamente la administración, representación de la Sociedad y el uso y ejercicio de la razón social, de manera conjunta, separada e indistintamente a don Francisco Javier Antonio Leyton Muñoz, y a don Cristhofer Alexis Ahumada Córdova; Tres) Sin perjuicio de lo anterior, podrá el mandatario delegar por escritura pública inscrita al margen de la inscripción social ciertas facultades específicas de administración de la Sociedad en terceros.; Cuatro) Nada obstará que sean designadas para asuntos y negocios particulares una o más personas en calidad de apoderados de la Sociedad, los que tendrán las facultades que expresamente se le confieran; Cinco) En cuanto sea necesario y conveniente, podrá el socio único o la unanimidad de los socios, según sea el caso, designar un gerente general de la Sociedad quien estará investido de las facultades que expresamente se le confieran y, a falta de mención, de las que se señalan seguidamente en el Artículo Undécimo siguiente.- La designación respectiva se hará por escritura pública, la que se inscribirá al margen de la inscripción social; Seis) El cargo de administrador de la Sociedad y/o de gerente general podrán ser remunerados en la forma y cuantía que determinen la unanimidad de los socios.- Vigencia en lo no modificado.- En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen absolutamente vigente los estatutos sociales pactados mediante escritura pública de constitución de sociedad de fecha 12 de Octubre de 2018, otorgada ante el Notario Público de la ciudad de Talca, Jaime Silva Sciberras, Repertorio número 2.774-2018.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Talca, 31 de Enero de 2019.