Investcava SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de enero de 2019
- Notario
- MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA
- Oficio
- 18 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, abogado, Notario Público Titular de la 18 Notaría de Santiago, con domicilio en Bandera 341, oficina 857, certifico: por escritura de 03 de Enero de 2019, ante la Notario Interino de esta notaría: Uno) don CARLOS ANTONIO LIMA ARAVENA, por si y también en representación de la sociedad HLC INVEST SpA, Dos) y doña MARÍA EUGENIA CAVADA ABDO, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Ricardo Lyon novecientos sesenta y siete, comuna de Providencia, Región Metropolitana, quienes acordaron rectificar y modificar los estatutos sociales de Investcava SpA en lo siguiente: (i) acordaron rectificar los estatutos de Investcava SpA en el sentido de indicar dado que por un error involuntario al transformar la sociedad en una sociedad por acciones, por escritura pública de fecha 28 de mayo de 2018 otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, se omitió mencionar que parte del capital no había sido pagado. En consecuencia el capital asciende a mil seiscientos noventa millones seiscientos setenta y un mil quinientos dieciocho, quedando por pagar la suma de trescientos ochenta y tres millones diecinueve mil novecientos cuarenta y dos pesos. Se reemplazó el artículo primero transitorio de los estatutos, por el siguiente: “El capital social ascendente mil seiscientos noventa millones seiscientos setenta y un mil quinientos dieciocho pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a que se refiere al artículo quinto permanente de estos estatutos, es suscrito y se pagar por los accionistas, en la misma proporción en que son dueños de derechos en la sociedad “Inversiones e Inmobiliaria Investcava Limitada”, que se transforma en sociedad por acciones. Esta suscripción y pago la hacen los socios mediante la conversión de sus respectivas cuotas del interés y derechos en la sociedad de responsabilidad limitada en acciones de la sociedad por acciones. Así: a) Don Carlos Lima Aravena dueño de derechos equivalentes al treinta nueve coma cuarenta y cinco por ciento del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponden a seiscientos sesenta y seis millones novecientos dos mil doscientos ochenta y siete pesos, suscribe y paga treinta y nueve acciones al valor de dieciséis millones novecientos seis mil setecientos quince pesos cada una, fijado de común acuerdo por todos y cada uno de los accionistas; b) doña María Eugenia Cavada Abdo, dueña de derechos equivalentes a un treinta y siete coma noventa por ciento del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponden a seiscientos cuarenta millones setecientos cuarenta y nueve mil doscientos ochenta y nueve pesos, suscribe y paga treinta y ocho acciones al valor de dieciséis millones novecientos seis mil setecientos quince pesos cada una, fijado de común acuerdo por todos y cada uno de los accionistas; y c) la sociedad HLC Invest SpA, dueña derechos equivalentes a un veintidós coma sesenta y cinco por ciento del total del capital de la sociedad de responsabilidad limitada, que corresponden a trescientos ochenta y tres millones diecinueve mil novecientos cuarenta y dos pesos, suscribe y pagará veintitrés acciones al valor dieciséis millones novecientos seis mil setecientos quince pesos cada una, fijado de común acuerdo por todos y cada uno de los accionistas. Dicho valor será pagado en el plazo de cinco años a contar del aumento de capital que consta en escritura pública de fecha primero de julio de dos mil dieciséis otorgada en la Notaría de Santiago de don Patricio Zaldívar Mackenna”; (ii) además acordaron aumentar el plazo de pago del capital a cinco años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 30 de enero de 2019.