Inversiones Oasis Limitada
Instrumento
- Fecha
- 24 de septiembre de 2015
- Notario
- MANUEL C.P. CAMMAS MONTES
- Oficio
- 1ª Notaría de Maipú-Santiago
- Comuna
- Santiago de don Manuel C
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMANUEL C.P. CAMMAS MONTES, Abogado, Notario Público, Titular 1ª Notaría de Maipú-Santiago, Monumento 2079, Maipú, certifica: Por escritura hoy ante mí, Don JORGE ANDRES ALCALDE VERGARA, domiciliado en calle Los Ducados N°210, departamento 204, comuna de Maipú; doña CAROLINA ANDREA BALCAZAR ORTEGA, domiciliada en Primera Avenida N°1534, comuna de Padre Hurtado, de paso en esta; don SEBASTIAN NICOLAS ALCALDE VERGARA, domiciliado en calle Los Ducados N°210, departamento 204, comuna de Maipú; Modifican la sociedad “INVERSIONES OASIS LIMITADA, también conocida como SUSHI OASIS LTDA, constituida con de fecha 24/09/2015, en la Notaria de Santiago de don Manuel C.P. Cammas Montes, extracto inscrito Fs.71764 N°41953 Registro Comercio de Santiago, año 2015; Modificación consiste: la socia CAROLINA ANDREA BALCAZAR ORTEGA, titular del cincuenta por ciento de derechos sociales, se retira de la sociedad y cede la totalidad de sus derechos de la siguiente manera: A) cede un 10% a don JORGE ANDRES ALCALDE VERGARA, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $1.000.000, que el cesionario paga a la cedente, en este acto, de la siguiente manera quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo y quinientos mil pesos mediante cheque serie HDL, cero cero cero cero quinientos ochenta y dos, del Banco Santander, declarando éste recibir el pago a su entera satisfacción; y b) el 40% de sus derechos a don SEBASTIAN NICOLAS ALCALDE VERGARA, quien los adquiere y acepta para sí. El precio de la cesión es la suma de $2.000.000, que el cesionario paga a la cedente, en este acto, al contado mediante cuatro cheques serie HDL, número quinientos ochenta y tres, quinientos ochenta y cuatro; quinientos ochenta y cinco; y quinientos ochenta y siete, todos del Banco Santander, declarando éste recibir el pago a su entera satisfacción.- Quedan como únicos socios de la sociedad don JORGE ANDRES ALCALDE VERGARA, con el 60% de los derechos sociales; y don SEBASTIAN NICOLAS ALCALDE VERGARA con el 40% de los derechos sociales. Los actuales y únicos socios de la compañía, acuerdan modificar el pacto social primitivo, relativa a la administración y uso de la razón social, la que a partir de esta fecha quedará radicada en don JORGE ANDRES ALCALDE VERGARA, con todas las facultades señaladas en la escritura de constitución de sociedad.- Demás estipulaciones orden interno, escritura que extracto. Santiago, 9 de Enero de 2019.