Inversiones Acadio Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de enero de 2019
- Notario
- Félix Jara Cadot
- Oficio
- Notaría Cuadragésima Primera de Santiago
- Comuna
- Cuadragésima Primera de Santiago
Sociedad
- Capital
- $124.252.658 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFélix Jara Cadot, Notario Público, Titular de la Notaría Cuadragésima Primera de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 1160, subsuelo, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifico: Que por escritura pública otorgada con fecha 4 de enero de 2019, ante mí, Gonzalo Sarquis Said, Inversiones Ebla S.A. y María Francisca Iñiguez Domínguez, todos domiciliados en Santiago, Avenida Presidente Riesco 5.711, oficina 1.202, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, expusieron: 1) Que INVERSIONES ACADIO LIMITADA, se constituyó por escritura fecha 27 de noviembre de 2014 otorgada en Notaría Santiago de don Félix Jara Cadot. Un extracto de esta escritura se inscribió Fs. 4.122 Nº 2.640 en el Registro Comercio del año 2015 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Capital de la social es $124.252.658, que se encuentra íntegramente pagado y distribuido como sigue: $81.360.640 para Gonzalo Sarquis Said; $42.245.904 para Inversiones Ebla S.A.; y $646.114 para María Francisca Iñiguez Domínguez. 2) Por escritura que extracto, los socios de INVERSIONES ACADIO LIMITADA, acordaron aumentar capital social de $124.252.658 a $127.041.871. Este aumento de $2.789.213 es íntegramente suscrito por socio Gonzalo Sarquis Said, quien lo entera y paga capitalizando igual suma que le corresponde en el fondo “Aportes Para Futuro Aumento de Capital” de la sociedad. 3) Conforme lo recién indicado, el capital de la compañía queda elevado a $127.041.871, distribuido entre sus socios de la siguiente forma: $84.149.853 para don Gonzalo Sarquis Said; $42.245.904 para Inversiones Ebla S.A.; y $646.114 para doña María Francisca Iñiguez Domínguez. 4) Responsabilidad personal socios queda limitada a montos sus respectivos aportes. Quedan vigentes todas cláusulas pacto social no modificadas por escritura que extracto. Demás cláusulas, constan escritura que extracto. Santiago, 15 de enero de 2019.