INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de diciembre de 2018
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $132.352.941 CLP
- Domicilio
- Ciudad de La Serena
- Duración
- 15 años de escritura constitución, prorrogables por períodos iguales y sucesivos salvo manifestación de voluntad en contrario en forma y plazo que señala escritura
Objeto social
a) la inversión, adquisición y enajenación de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; c) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; e) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; f) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y g) realizar todos los demás negocios que los socios acuerden
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, Comuna de San Miguel, certifico: por escritura de 21 de diciembre 2018, ante mi Suplente Claudia Andrea Manríquez Spicto: MARIA IGNACIA OBRADOR MARIN, VALENTINA OBRADOR MARIN, ambas calle General Francisco Barceló N° 28 departamento 31, Las Condes, Santiago, de paso por esta, y MONICA MARIA DEL PILAR ARAYA RODRIGUEZ, calle Juvenal Díaz Araya N° 2.814, San Joaquín, comuna y ciudad de La Serena, de paso por esta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SAN ANDRES LIMITADA”, pudiendo usar nombre de fantasía "SAN ANDRES LTDA.". Objeto : a) la inversión, adquisición y enajenación de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; b) administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; c) formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; d) la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; e) la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; f) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho, y g) realizar todos los demás negocios que los socios acuerden. Domicilio: Ciudad de La Serena, sin perjuicio de agencias o sucursales otros puntos del país o del extranjero. Capital $132.352.941.-, socios aportan y pagan siguiente modo: a) Doña MARIA IGNACIA OBRADOR MARIN aporta $45.000.000, equivalentes al 34% del capital social, los que enterará en dinero efectivo, a caja social, cuando las necesidades sociales así lo requieran, y en todo caso dentro del plazo de 8 meses contados desde la fecha de la presente escritura. b) Doña VALENTINA OBRADOR MARIN aporta $45.000.000.-, equivalentes al 34% del capital social, los que enterará en dinero efectivo, a caja social, cuando las necesidades sociales así lo requieran, y en todo caso dentro del plazo de 8 meses contados desde la fecha de la presente escritura. c) Doña MONICA MARIA DEL PILAR ARAYA RODRIGUEZ aporta $42.352.941.-, equivale al 32% del capital social, los que enterará de la siguiente forma: A) aporte en este acto, al contado y en dinero efectivo de $2.352.941.-; B) aporte de $20.000.000.- en dinero efectivo, según las necesidades sociales lo requieran, dentro del plazo de 10 años desde la presente escritura; y C) $20.000.000.-, consistente en el aporte de su trabajo personal, permanente, que se obliga a prestar a la sociedad, mientras ésta esté vigente, el cual se valora, por las partes en dicha cantidad, que se entiende aportado en este acto. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social corresponderá al socio Mónica María Del Pilar Araya Rodríguez, sin perjuicio facultades especialísimas deberá actuar conjuntamente con uno cualquiera de los demás socios o expresamente autorizada por estos mediante escritura pública, según cláusula séptima esta escritura. Duración: 15 años de escritura constitución, prorrogables por períodos iguales y sucesivos salvo manifestación de voluntad en contrario en forma y plazo que señala escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 30 de enero de 2019.