Importadora y Exportadora Honwei Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2019
- Notario
- Felipe Leiva Ilabaca
- Domicilio
- don Francisco Javier Leiva Carvajal
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $20.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFelipe Leiva Ilabaca, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunátegui 73, Santiago, certifico: por escritura hoy ante mí: don Zhiyuan Lin, de nacionalidad china, comerciante, soltero, C.I.Ext. N° 24.932.670-4; don Shaobi Lin, de nacionalidad china, comerciante, soltero, C.I.Ext. N° 26.320.351-8; y doña Xiaoqiu Lin, de nacionalidad china, comerciante, soltera, C.I.Ext. N° 26.188.596-4, todos con domicilio en calle Zapadores N° 1.200, de la comuna de Recoleta, Región Metropolitana, modificaron sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA HONWEI LIMITADA”, Rut. 76.797.627- 5, cuyo extracto se inscribió a fojas 66.690, bajo el número 35.893, correspondiente al año 2.017, en el Registro de Comercio del CBR de Santiago. Modificación consiste: Venta de derechos sociales.- El socio don Zhiyuan Lin, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales, equivalentes al 10% de los derechos en la sociedad a la socia que se incorpora a la sociedad doña Xiaoqiu Lin, quien acepta para sí, los derechos sociales del cedente, siendo el precio de esta transferencia la suma única y total de $2.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo. Modificaciones Sociales.- Como consecuencia de la cesión de derechos sociales, quedan como únicos socios de la sociedad don Shaobi Lin, y doña Xiaoqiu Lin quienes como únicos socios vienen en modificar el pacto constitutivo original en el siguiente sentido: “Capital: El capital de la sociedad es la suma de $20.000.000, que los socios aportan, de la siguiente forma: a) El socio don Shaobi Lin aporta la suma de $18.000.000, equivalentes al 90% de los derechos sociales; y b) La socia doña Xiaoqiu Lin aporta la suma de $2.000.000, equivalentes al 10% de los derechos sociales. En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social original. Demás estipulaciones escritura extractada. Stgo. 30-01-2019.