MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

DURÁN Y VERGARA LIMITADA

RUT 76813508-8 CVE 1540756
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de enero de 2019

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2019
Repertorio
120/2019
Notario
GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES
Domicilio
y Conservador de Minas de Talcahuano

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP

Administración

en virtud de este instrumento, los socios acuerdan dejar sin efecto la cláusula treinta y cinco del estatuto social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social será ejercida ahora exclusivamente, por don LUIS AMÉRICO DURÁN GUERICH, quien podrá actuar por la sociedad personalmente o por medio de mandatario, debiendo en este caso efectuar la delegación por escritura pública, expresando en forma taxativa las facultades que se le confieren. En el ejercicio de la administración, representación y uso de la razón social, el socio administrador contara con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social, las que se dan íntegramente por reproducidas.- Los socios, acuerdan que su responsabilidad por las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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GASTÓN ARIEL SANTIBÁÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas de Talcahuano, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N° 3177 Local G-103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 16 de enero de 2019, otorgada ante el Suplente de este oficio Luis Armando Carrillo Caro, anotada bajo el Repertorio N° 120 / 2019; don LUIS AMÉRICO DURÁN GUERICH; doña ANYOLA ELIZABETH VERGARA PEDREROS; y doña LESLIE STEPHANIE ELIZABETH DURÁN VERGARA, todos con domicilio en calle Jilgueros número 8125, Parque Central, comuna de Hualpén, modifican sociedad “DURÁN Y VERGARA LIMITADA”, RUT. 76.813.508-8, nombre de fantasía “CONSTRUCTORA MIRAMAR LIMITADA". Inscrita a fojas 2536, número 2010, Registro de Comercio, año 2017, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 29 de noviembre de 2017.- El capital de la sociedad es de $15.000.000.- Siguientes sentidos: Administración, representación y uso de la razón social: en virtud de este instrumento, los socios acuerdan dejar sin efecto la cláusula treinta y cinco del estatuto social en el sentido de que la administración, representación y uso de la razón social será ejercida ahora exclusivamente, por don LUIS AMÉRICO DURÁN GUERICH, quien podrá actuar por la sociedad personalmente o por medio de mandatario, debiendo en este caso efectuar la delegación por escritura pública, expresando en forma taxativa las facultades que se le confieren. En el ejercicio de la administración, representación y uso de la razón social, el socio administrador contara con todas y cada una de las facultades establecidas en el pacto social, las que se dan íntegramente por reproducidas.- Los socios, acuerdan que su responsabilidad por las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por la presente escritura, se mantienen plenamente vigentes todas las demás cláusulas del estatuto social constitutivo.- Se facultó para inscribir.- Demás estipulaciones escritura extractada.- EN TALCAHUANO, a 30 de Enero del 2019.-