Comercial e Inversiones RGM Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2019
- Notario
- EDUARDO DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34 Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público, Titular 34 Notaría de Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifico: que por escritura pública fecha 30 de enero de 2019, ante mí doña SOLEDAD CECILIA MUÑOZ GONZALEZ, chilena, abogada, casada, cedula de identidad trescientos sesenta mil sesenta y dos guion siete, domiciliada en Carlos Antúnez numero dos mil veinticinco, oficina mil dos, Providencia, en representación de los socios comparecientes en escritura de modificación de COMERCIAL E INVERSIONES RGM LIMITADA, de fecha treinta de octubre de dos mil dieciocho, quien comparece en este acto con poder especial para sanear; PRIMERO: Se modifica COMERCIAL E INVERSIONES RGM LIMITADA constituida con fecha veinte de febrero del año dos mil quince otorgada en la Notaría de Santiago Sergio Carmona Barrales. Un extracto de ella se inscribió a fojas quince mil novecientos cincuenta y uno, número nueve mil setecientos setenta y cinco del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil quince y se publicó en el Diario Oficial cuarenta y un mil noventa y dos de fecha veinticinco de febrero de dos mil quince; SEGUNDA: La sociedad COMERCIAL E INVERSIONES RGM LIMITADA fue modificada por escritura pública de fecha treinta de octubre del año dos mil dieciocho, ante don MANUEL RAMIREZ ESCOBAR, Abogado Notario Suplente de don Eduardo Diez Morello, Notario Titular 34 Notaría Santiago, calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, inscrita con fecha siete de diciembre del año dos mil dieciocho, a fojas noventa y tres mil cuatrocientos noventa y ocho, numero cuarenta y siete mil novecientos setenta y uno del Registro de comercio de Santiago, correspondiente al año dos mil dieciocho, sin publicación. TERCERA: La modificación señalada en la cláusula anterior, carece de validez legal, toda vez que el extracto de la escritura de modificación, no fue publicada en el CUARTA: SANEAMINTO; atendido a lo dispuesto en la cláusula anterior, los socios de COMERCIAL E INVERSIONES RGM LIMITADA, debidamente representados, en este acto y por el presente instrumento, en sanear los vicios formales que se incurrió, con la finalidad de darle validez a la respectiva modificación de sociedad suscrita por los socios; QUINTA: Poder especial, los socios comparecientes en escritura de modificación, facultaron a la abogada Soledad Muñoz González, para que rectifique, complemente, y/o aclare la escritura de modificación de sociedad, respecto de cualquier error u omisión existente en ella, incluso se otorgaron facultades para sanear de acuerdo a la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve del Código de Comercio, los vicios formales que pudiera contener en ella, quien comparece en este acto en representación de socios. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de enero de 2019.