CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA PEREZ Y VARGAS Y LIMITADA

RUT 13033890-9 CVE 1540709
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
3 de enero de 2019
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
3 de enero de 2019
Notario
FELIX JARA CADOT
Oficio
41° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años renovables tácitamente por el mismo periodo

Objeto social

será: A) Servicios de estucado, reparación y mantención de obras en construcción, edificios y todo lo relacionado con el área de la construcción. B) Importación, comercialización y distribución de materiales, servicios, ventas, mantención y reparación de productos relacionados con la construcción y demás actividades relacionadas con estos fines. Desarrollo de proyectos y capacitación de ingeniería, construcción, ampliación, remodelación y habilitación de obras mayores y menores por cuenta propia y)o ajena C) Servicios de Mantención y aseo Industrial y domiciliario.- D) La compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, productos y mercaderías, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras; E) comercialización, explotación de toda clase de negocios relacionados con la elaboración de alimentos, la importación y exportación de todo tipo de alimentos, insumos, maquinarias y la distribución, instalación del rubro anteriormente especificado de establecimientos de fuente de soda, restaurantes, bares o centro de eventos cualquier clase de establecimientos públicos en donde se sirva comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcoholicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de servicios de banquetería y producción de eventos en general, en locales propios como ajenos, tanto para realizarlos a instituciones públicas como privadas, tomar o dar en arrendamiento todo tipo de maquinaria, la compraventa o arrendamiento de vehículos tanto medianos como de carga destinada para la distribución de alimentos, servicios outsoursing, la asesoría logística frente a proyectos relacionados al rubro alimenticio; la compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades y en general cualquier otro negocio que tenga o no relación a los rubros anteriormente especificados y que los socios estén de acuerdo

Administración

ambos socios conjuntamente quienes podrán actuar anteponiendo a sus firmas la razón social obligándose a la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FELIX JARA CADOT, Abogado, Notario Público Titular de la 41° Notaría de Santiago, con oficio en calle huérfanos número 1.160, subsuelo, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 03/01/2019, ante mí, comparece: don RICARDO ANTONIO VARGAS CARTAGENA, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número 13.033.890-9 y don JAIME GONZALO PEREZ PEREZ, chileno, soltero, factor de comercio, cédula de identidad número 16.974.213-4, ambos domiciliados en Merced número 838 - A oficina 117, comuna de Santiago, Región Metropolitana, vienen en constituir sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA PEREZ Y VARGAS Y LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de Fantasía “SERVICIOS Y COMERCIALIZADORA V.P. LTDA”.- DOMICILIO: Santiago.- OBJETO: será: A) Servicios de estucado, reparación y mantención de obras en construcción, edificios y todo lo relacionado con el área de la construcción. B) Importación, comercialización y distribución de materiales, servicios, ventas, mantención y reparación de productos relacionados con la construcción y demás actividades relacionadas con estos fines. Desarrollo de proyectos y capacitación de ingeniería, construcción, ampliación, remodelación y habilitación de obras mayores y menores por cuenta propia y/o ajena C) Servicios de Mantención y aseo Industrial y domiciliario.- D) La compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, productos y mercaderías, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras; E) comercialización, explotación de toda clase de negocios relacionados con la elaboración de alimentos, la importación y exportación de todo tipo de alimentos, insumos, maquinarias y la distribución, instalación del rubro anteriormente especificado de establecimientos de fuente de soda, restaurantes, bares o centro de eventos cualquier clase de establecimientos públicos en donde se sirva comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcoholicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la organización de servicios de banquetería y producción de eventos en general, en locales propios como ajenos, tanto para realizarlos a instituciones públicas como privadas, tomar o dar en arrendamiento todo tipo de maquinaria, la compraventa o arrendamiento de vehículos tanto medianos como de carga destinada para la distribución de alimentos, servicios outsoursing, la asesoría logística frente a proyectos relacionados al rubro alimenticio; la compra, venta y arrendamiento de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, y todo lo que en la actualidad o en el futuro, esté relacionado con estas actividades y en general cualquier otro negocio que tenga o no relación a los rubros anteriormente especificados y que los socios estén de acuerdo.- ADMINISTRACIÓN: ambos socios conjuntamente quienes podrán actuar anteponiendo a sus firmas la razón social obligándose a la sociedad. CAPITAL: $1.000.000 aportados y pagados de la siguientes manera: a) don RICARDO ANTONIO VARGAS CARTAGENA aporta la suma de $500.000, que corresponden al 50% del capital social, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en este acto el haber social y b) don JAIME GONZALO PEREZ PEREZ, aporta la suma de $500.000, que corresponden al 50% del capital social, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, ingresando en este acto al haber social. Duración: 5 años renovables tácitamente por el mismo periodo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 03/01/2019.- FELIX JARA CADOT. N.P.-