CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones e Inmobiliaria Cochui Limitada

CVE 1540342
Capital
$2.100.000.000 CLP
Fecha instrumento
19 de diciembre de 2018
Notaría
Valdivia
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
19 de diciembre de 2018
Notario
LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS
Oficio
Notaría de Valdivia
Comuna
Valdivia

Sociedad

Capital
$2.100.000.000 CLP
Duración
20 años contados desde constitución, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ningún socio manifiesta voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de 60 días de anticipación al vencimiento del período respectivo; Responsabilidad

Objeto social

Inversión con el propósito de obtener rentas de toda clase de bienes inmuebles y la explotación a cualquier título de dichos bienes y la percepción de los frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS GONZALO NAVARRETE VILLEGAS, Abogado, Notario Público de la Notaría de Valdivia, Independencia Nº 548, Valdivia, Región de Los Ríos, certifica: Por escritura pública 19 diciembre 2018, ante mí, don Francisco Javier Deck Román, doña Susan Glaves Horn, don Juan Francisco Deck Glaves, doña Bárbara Deck Glaves, don Felipe Andrés Deck Glaves, todos en Fundo Santa Teresa de Cochui sin número, comuna de Los Lagos, Región de Los Ríos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Nombre: Inversiones e Inmobiliaria Cochui Limitada. Objeto: Inversión con el propósito de obtener rentas de toda clase de bienes inmuebles y la explotación a cualquier título de dichos bienes y la percepción de los frutos y productos que de ellos provengan. Queda expresamente comprendido el arrendamiento, subarrendamiento, usufructo o cualquier otra forma de cesión del uso o goce temporal de inmuebles, se encuentren o no amoblados, inmuebles con instalaciones o maquinarias que permitan el ejercicio de alguna actividad comercial o industrial y de todo tipo de establecimientos de comercio. Capital: $2.100.000.000.- socios aporta y aportaran, pagan y pagarán en forma y proporciones siguientes: a) don Francisco Javier Deck Román, se obliga a aportar $2.098.000.000, equivalente al 99,904% derechos sociales, aporta y paga $1.000.000 que ingresan caja social, saldo $2.097.000.000 pagará, bienes distintos al dinero, conforme necesidades sociales lo requieran; b) doña Susan Glaves Horn, aporta y paga $500.000, equivalente al 0,024% que ingresan caja social; c) Don Juan Francisco Deck Glaves aporta y paga $500.000, equivalente al 0,024% que ingresan caja social; d) doña Bárbara Deck Glaves aporta y paga $500.000, equivalente al 0,024% que ingresan caja social; y e) don Felipe Deck Glaves aporta y paga $500.000, equivalente al 0,024% que ingresan caja social. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá don Francisco Javier Deck Román quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las facultades y poderes descritos en estatutos. Ausencia o impedimento Francisco Javier Deck Román, administración Susana Glaves Horn conjuntamente con uno cualquiera de Juan Francisco Deck Glaves, Bárbara Deck Glaves y Felipe Deck Glaves, con facultades escritura extractada salvo facultades uno) y tres) será necesario firma de Susana Glaves Horn conjuntamente con Juan Francisco Deck Glaves, Bárbara Deck Glaves y Felipe Deck Glaves. Duración: 20 años contados desde constitución, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ningún socio manifiesta voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de inscripción social en el Registro de Comercio con no menos de 60 días de anticipación al vencimiento del período respectivo; Responsabilidad Socios: Queda limitada respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Valdivia, 19 de diciembre de 2018.