INMOBILIARIA E INVERSIONES KODIAK S.A.
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2019
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33 Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $13.500.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, y en general, la explotación, loteo, subdivisión y construcción de todo tipo de bienes raíces, inmuebles o establecimientos comerciales, por cuenta propia o ajena; el arrendamiento, subarrendamiento, transferencia, cesión a terceros a cualquier título, del uso y goce de bienes raíces; la adquisición y enajenación a cualquier título de efectos de comercio y valores mobiliarios, incluyendo acciones, bonos, debentures y cualquier otro efecto público o de comercio, derechos en sociedades y todo tipo de bienes corporales o incorporales, pudiendo administrar dichos bienes y valores y percibir sus frutos; la formación y la participación por cuenta propia, ajena, asociada o en coparticipación con terceros en otras sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de toda clase de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia y de terceros; y toda otra actividad civil o comercial directamente relacionada con los fines expresados.- 3)
Administración
La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don LUIS LEIVA MUÑOZ, quien actuando individualmente, y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración señaladas en el artículo décimo del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular 33 Notaría Santiago, Huérfanos 979 oficina 501, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 9 de enero de 2019, hoy ante mí, se redujo a escritura pública de Acta de Junta Extraordinaria Accionistas de INMOBILIARIA E INVERSIONES KODIAK S.A., celebrada el 27 de diciembre de 2018, por la cual sus únicos accionistas, don Luis Leiva Muñoz y doña Claudia Leiva Gutiérrez, acordaron transformar en sociedad por acciones la sociedad anónima “INMOBILIARIA E INVERSIONES KODIAK S.A.”, sociedad inscrita a fojas 3421, número 2726, del Registro de Comercio de Santiago del año 1995, cuyos estatutos quedan del siguiente tenor: 1) Nombre o Razón Social: INMOBILIARIA E INVERSIONES KODIAK SPA.- 2) Objeto: El objeto de la sociedad será la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, y en general, la explotación, loteo, subdivisión y construcción de todo tipo de bienes raíces, inmuebles o establecimientos comerciales, por cuenta propia o ajena; el arrendamiento, subarrendamiento, transferencia, cesión a terceros a cualquier título, del uso y goce de bienes raíces; la adquisición y enajenación a cualquier título de efectos de comercio y valores mobiliarios, incluyendo acciones, bonos, debentures y cualquier otro efecto público o de comercio, derechos en sociedades y todo tipo de bienes corporales o incorporales, pudiendo administrar dichos bienes y valores y percibir sus frutos; la formación y la participación por cuenta propia, ajena, asociada o en coparticipación con terceros en otras sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; la compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de toda clase de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia y de terceros; y toda otra actividad civil o comercial directamente relacionada con los fines expresados.- 3) Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro y fuera del país.- 4) Duración: indefinida.- 5) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $13.500.000.-, dividido en 13.500.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de igual valor, íntegramente suscrito y pagado. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes.- 5) Administración: La administración, representación de la sociedad, y el uso de su razón social corresponderá única y exclusivamente a don LUIS LEIVA MUÑOZ, quien actuando individualmente, y anteponiendo a su firma la razón social, contará con las más amplias facultades de administración señaladas en el artículo décimo del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 9 de enero del 2019.