GESTIÓN INMOBILIARIA Y CORRETAJES SHEKINAH SpA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2019
- Notario
- Esmirna Vidal Moraga
- Domicilio
- Agrupacion de comunas de Temuco
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEsmirna Vidal Moraga, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupacion de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún, y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº 979, Certifico que por escritura pública de fecha 17 de Enero de 2019, otorgada ante mí, KATHERINE VIVIANA ESPINOZA GOMEZ, y RENE ENRIQUE ALFARO HERNANDEZ, modificaron sociedad GESTIÓN INMOBILIARIA Y CORRETAJES SHEKINAH SpA, Rut. 76.720.057-9, constituida 15 Diciembre 2016 ante Notario Público Interino de Temuco Rodrigo Sepúlveda Gómez, extracto inscrito fojas 1.975 N° 1.300 Registro de Comercio 2016 Conservador de Bienes Raíces de Temuco publicado Diario Oficial 24 diciembre 2016. KATHERINE VIVIANA ESPINOZA GOMEZ, vende, a RENE ENRIQUE ALFARO HERNÁNDEZ total de acciones de que es titular en la sociedad y que alcanza mil acciones nominativas y sin valor nominal. René Enrique Alfaro, modifica estatuto social Uno) Se modifica el artículo octavo de los estatutos el cual quedará redactado de la siguiente forma: “Ejercerá la administración de la sociedad en calidad de administrador general de la misma don Rene Enrique Alfaro Hernández, actuando individualmente con las más amplias facultades, ya indicadas precedentemente. Dos) Se modifica el artículo primero transitorio el cual queda redactado de la siguiente forma: “El capital de la sociedad es la suma de veinte millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, que se suscribe y paga el constituyente don René Enrique Alfaro Hernández, en este acto y en dinero efectivo en su totalidad, suma que ingresa a las arcas sociales. Tres) Se modifica el artículo primero de los estatutos relativo al nombre social el cual quedará redactado de la siguiente forma: ARTICULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será COMERCIAL E INMOBILIARIA SHEKINAH SpA. Pudiendo utilizar la denominación de fantasía SHEKINAH SpA. Cuatro) Se modifica el artículo tercero de los estatutos, el cual queda redactado de la siguiente forma: ARTICULO TERCERO: El objeto de la sociedad será: A) Efectuar toda clase de inversiones en área mobiliaria e inmobiliaria, así podrá: invertir en acciones, bonos, debentures y en todo otro tipo de valores mobiliarios, efectuar inversiones en mercados de capitales, invertir y participar en todo tipo de sociedades, incorporándose o asociándose con las mismas, en área inmobiliaria podrá adquirir bienes inmuebles urbanos o rurales, urbanizarlos, lotearlos,, construir en ellos, enajenar las construcciones o explotarlas bajo la forma de arrendamiento u otra cualquiera, plantarlos y sembrarlos B) La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; C) El corretaje, la intermediación y/o administración de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios, inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos, la administración y arrendamiento, por cuenta propia y ajena, de bienes raíces y cualquier otro acto que se relaciones, directa o indriectamente, en la actualidad o en el futuro con este giro, y toda otra actividad, actos y contratos relacionados con el objetico de la sociedad o de cualquier otro ramo que la sociedad acuerde para su mejor cometido. E) La compra, venta en cualquiera de sus formas incluyendo la consignación, distribución, comercialización, arriendo e importación de toda clase de vehículos motorizados, de sus partes, repuestos y accesorios. F) La explotación de garajes, servicios técnicos y de todo tipo de servicios afines a los vehículos motorizados”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 26 de Enero de 2019.-