CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Correa, García y Orellana Abogados SpA

CVE 1540228
Capital
$450.000 CLP
Fecha instrumento
23 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2019
Notario
EDUARDO AVELLO CONCHA
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$450.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa: a) otorgar toda clase de servicios de asesoría jurídica y representación en tribunales de justicia; b) asesorar a empresas o inversionistas en las actividades propias de su rubro; c) gestionar negociaciones tanto nacionales como internacionales; d) elaborar proyectos, estudios, conferencias y cursos de capacitación; e) prestar servicios de gestión comercial, inmobiliaria, financiera, económica, tributaria, administrativa y de recursos humanos; f) prestar servicios de auditoría y consultoría de toda clase; g) comisión o mandato mercantil; h) constituir convenios con trabajadores de sindicatos y empresas; i) prestar servicios de corretaje e intermediación de propiedades, ejecución y promoción de negocios inmobiliarios; j) la compra y venta de bienes muebles e inmuebles y los demás materiales de orden jurídico que sean necesarios para el desarrollo de la práctica profesional; k) efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades y asociaciones; l) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EDUARDO AVELLO CONCHA, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco 0153, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 23 de Enero de 2019, Repertorio número 1931-2019, ante mí, don Ulises José Correa Gutiérrez, Sebastián Ignacio García Ábalos y don Pablo Ignacio Orellana Quiroz, constituyen una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: NOMBRE: “Correa, García y Orellana Abogados SpA”, en adelante la “Sociedad”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, y sin que la siguiente enumeración sea taxativa: a) otorgar toda clase de servicios de asesoría jurídica y representación en tribunales de justicia; b) asesorar a empresas o inversionistas en las actividades propias de su rubro; c) gestionar negociaciones tanto nacionales como internacionales; d) elaborar proyectos, estudios, conferencias y cursos de capacitación; e) prestar servicios de gestión comercial, inmobiliaria, financiera, económica, tributaria, administrativa y de recursos humanos; f) prestar servicios de auditoría y consultoría de toda clase; g) comisión o mandato mercantil; h) constituir convenios con trabajadores de sindicatos y empresas; i) prestar servicios de corretaje e intermediación de propiedades, ejecución y promoción de negocios inmobiliarios; j) la compra y venta de bienes muebles e inmuebles y los demás materiales de orden jurídico que sean necesarios para el desarrollo de la práctica profesional; k) efectuar toda clase de inversiones en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles y, en general, participar en sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, chilenas o extranjeras, en comunidades y asociaciones; l) toda otra actividad relacionada en forma directa o indirecta con los objetos indicados que los socios acuerden. Para el logro de sus objetivos, la sociedad podrá concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase o naturaleza o de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquellas de que forme parte. CAPITAL: $450.000-, dividido en 450 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie, suscritas y pagaderas dentro del plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de enero de 2019.