SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES CICAR LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2018
- Repertorio
- 89125
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁLVARO GONZALEZ SALINAS, Notario de Santiago, Agustinas 1070, 2º piso, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 2018, Repertorio N°89.125, ante mí, don RAÚL CIUDAD DE LA CRUZ, chileno, casado, ingeniero, cédula nacional de identidad Nº 6.231.670-5; domiciliado para estos efectos en El Golf Nº 40, piso 20, Las Condes, Santiago; y doña MARÍA TERESA CARMONA CAVIERES, chilena, comerciante, casada bajo régimen de sociedad conyugal y actuando dentro de su patrimonio reservado, cédula nacional de identidad Nº 5.848.255-2, domiciliada para estos efectos en La Gioconda Nº 4344, departamento 183, Las Condes, Santiago; modificaron “SOCIEDAD INMOBILIARIA E INVERSIONES CICAR LIMITADA”, RUT 78.309.040-6, inscrita a fojas 33.679, bajo el N°20.696, del Registro de Comercio de Santiago de 1992, y publicado en el Diario Oficial el 25 de noviembre del 1992. Modificación consiste en: 1) Aumento de capital desde $100.000.000 a $206.463.374, esto es, un aumento de capital de $106.463.374. Este aumento de capital es aportado y pagado íntegramente por los socios, mediante la capitalización de la corrección monetaria del capital, cantidad que forma parte de la cuenta “Reserva de revalorización” que don RAÚL CIUDAD DE LA CRUZ y doña MARÍA TERESA CARMONA CAVIERES poseen en la Sociedad. 2) Como consecuencia del aumento de capital social señalado, se acuerda reemplazar la Cláusula Séptima de los estatutos de la Sociedad, por la siguiente: “CLÁUSULA SÉPTIMA: El capital de la sociedad es la suma de $206.463.374, que los socios aportan y enteran de la siguiente de la siguiente forma y en las siguientes proporciones: Uno) Don RAÚL CIUDAD DE LA CRUZ, aporta la suma de $204.398.740, correspondientes al 99% de los derechos de la Sociedad; y, Dos) Doña MARÍA TERESA CARMONA CAVIERES, aportó la suma de $2.064.634, correspondientes al 1% de los derechos de la Sociedad. Los socios mantienen su responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes”. En lo no modificado sigue vigente pacto social, en especial la limitación de responsabilidad de los socios hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de enero de 2019.