SOCIEDAD EDUCACIONAL ARCAYA Y VALENZUELA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2019
- Notario
- EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Objeto social
la promoción y desarrollo educacional, pudiendo abrir, mantener, sostener administrar y explotar establecimientos educacionales de cualquier naturaleza, salas cunas, Jardines Infantiles, pre básica, básica, Secundaria, educación especial y diferenciada, así como los demás servicios necesarios y complementarios del giro tales como tratamiento de problemas de aprendizaje, talleres de idiomas y de computación, reforzamiento de materias, alimentación y cuidado de pupilos, transporte escolar, etc., con aportes privados, semi fiscales u otros. Podrá celebrar todo tipo de convenios y contratos conducentes al cumplimiento de los fines sociales. Podrá adquirir insumos de todo tipo relacionados con el giro, tales como material didáctico, entretenimientos, material de apoyo, equipos audiovisuales, ordenadores personales, etc., renovando todo dicho material a medida que las necesidades sociales lo requieran. En general, para la realización de su objeto, la sociedad podrá adquirir y vender todo tipo de bienes relacionados con el giro social, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el objetivo social en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, ejecutar actos de este giro o que digan relación con él. El capital de la empresa es de $2.000.000.- que se aporta y entera: a) Marcela del Carmen Arcaya Aravena, la suma de $1.000.000.-, en dinero efectivo, los cuales entera en este acto en caja social y b) Lysette Carolina Valenzuela Vallejos la suma de $1.000.000.-, en dinero efectivo, los cuales entera en este acto en caja social, limitando su responsabilidad al monto de su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público Titular de Santiago, domiciliado en Luis Thayer Ojeda N° 359, Providencia, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 23 de enero 2019, ante mí, doña Marcela Arcaya Aravena, cédula de identidad N° 13.676.784-4, chilena, casada y separada de bienes, educadora de párvulos, domiciliada en Parcela N° 111, sector La Reserva, Condominio La Aurora, comuna de Curacaví, Región Metropolitana, y doña Lysette Carolina Valenzuela Vallejos, chilena, soltera, administrador público, cédula de identidad N° 15.363.287-1, domiciliada en Avenida El Rodeo Norte N° 1613, casa N° 99, comuna de Lampa, Provincia Santiago, Región Metropolitana, ambas mayores de edad, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada denominada “SOCIEDAD EDUCACIONAL ARCAYA Y VALENZUELA LIMITADA”, pudiendo utilizar para todos los efectos legales, fines publicitarios, ante el Servicio de Impuestos Internos, Bancos e Instituciones Financieras o cualquier otro organismo, sean del orden público o privado, el nombre de fantasía “SALA CUNA Y JARDÍN INFANTIL CRECIENDO JUNTOS LTDA” domiciliada en Santiago, de duración 5 años renovables tácita y sucesivamente por períodos iguales, y cuyo objeto: la promoción y desarrollo educacional, pudiendo abrir, mantener, sostener administrar y explotar establecimientos educacionales de cualquier naturaleza, salas cunas, Jardines Infantiles, pre básica, básica, Secundaria, educación especial y diferenciada, así como los demás servicios necesarios y complementarios del giro tales como tratamiento de problemas de aprendizaje, talleres de idiomas y de computación, reforzamiento de materias, alimentación y cuidado de pupilos, transporte escolar, etc., con aportes privados, semi fiscales u otros. Podrá celebrar todo tipo de convenios y contratos conducentes al cumplimiento de los fines sociales. Podrá adquirir insumos de todo tipo relacionados con el giro, tales como material didáctico, entretenimientos, material de apoyo, equipos audiovisuales, ordenadores personales, etc., renovando todo dicho material a medida que las necesidades sociales lo requieran. En general, para la realización de su objeto, la sociedad podrá adquirir y vender todo tipo de bienes relacionados con el giro social, celebrar convenios, actos o desarrollar actividades relacionadas con el objetivo social en cualquiera de sus formas, sea con particulares, entidades públicas o en que tenga interés el Estado y, en general, ejecutar actos de este giro o que digan relación con él. El capital de la empresa es de $2.000.000.- que se aporta y entera: a) Marcela del Carmen Arcaya Aravena, la suma de $1.000.000.-, en dinero efectivo, los cuales entera en este acto en caja social y b) Lysette Carolina Valenzuela Vallejos la suma de $1.000.000.-, en dinero efectivo, los cuales entera en este acto en caja social, limitando su responsabilidad al monto de su aporte. La administración de la sociedad corresponde a ambos socios, en forma separada e indistintamente, con amplias facultades indicadas en escritura extractada.- Santiago, 28 de enero 2019.