Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2019
- Repertorio
- 1701
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile
- Duración
- La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de su constitución, la que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La Sociedad será administrada por un Directorio según lo establece la escritura
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago con oficio en calle La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de enero de dos mil diecinueve, Repertorio Nº 1701, ante mí, don FRANCISCO JAVIER CIFUENTES ZUÑIGA y don DIEGO HURTADO DE MENDOZA URZUA, constituyeron Sociedad por Acciones. Razón Social: “PERSONAL CARE ASSISTANCE SpA” pudiendo utilizar, incluido frente a los bancos, como nombre de fantasía, “PCA SpA”. Domicilio Social: La Sociedad tiene su domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de lo cual podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) Invertir, reinvertir, comercializar, adquirir y enajenar a cualquier título, toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, valores inmobiliarios, acciones, créditos, bonos, debentures, derechos en sociedad, efectos de comercio en general y cualquier otro valor mueble; administrar y comercializar dichas inversiones y percibir sus frutos y rentas. b) Proyectar, realizar estudios, planificar ejecutar, diseñar, supervigilar y asesorar la realización de obras materiales o inmateriales, tales como, estudios, asesorías técnicas u otras; c) La creación, desarrollo, implementación y comercialización, en cualquiera de sus formas, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, de herramientas o soluciones tecnológicas orientadas al servicio de las personas, empresas u organizaciones, tanto en el sector privado como público; d) Participar en sociedades, constituirlas, modificarlas administrarlas, disolverlas y liquidarlas, desempeñar mandatos, comisiones y representaciones de toda especie, efectuar las operaciones de corretaje e intermediación permitidas por la Ley a toda persona y todo tipo de negocios de inversión con bienes corporales o incorporales. Capital: El capital social ascendente a la suma de novecientos noventa y tres mil pesos, dividido en novecientas noventa y tres acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas y pagadas íntegramente en este acto de la siguiente manera: a) don Francisco Cifuentes Zuñiga, suscribe novecientas treinta y tres acciones, pagando en este acto la suma de novecientos treinta y tres mil pesos, suma que la Sociedad declara recibir conforme y a su entera satisfacción.- b) don Diego Hurtado de Mendoza Urzúa, suscribe sesenta acciones, pagando en este acto la suma de sesenta mil pesos, suma que la Sociedad declara recibir conforme y a su entera satisfacción. Con motivo del pago de las expresadas cantidades se da por íntegramente pagado el total de las acciones de la Sociedad. Administración: La Sociedad será administrada por un Directorio según lo establece la escritura. Duración: La duración de la Sociedad será de diez años contados desde la fecha de su constitución, la que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 24 de enero de 2019.