Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2019
- Notario
- FELIX JARA CADOT
- Oficio
- 41a Notaría
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, la ejecución y prestación de servicios UNO: Vigilancia y protección de bienes establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. DOS: Protección de personas determinadas. TRES: depósito, custodia, recuentos y clasificación de moneda, billetes, títulos de valores, y demás objeto que, por su valor económico y expectativas que generan, o por su peligrosidad puedan requerir protección especial, sin perjuicio de actividades propias de las entidades financieras. CUATRO: transporte y distribución de los objetos a que se refiere el punto anterior, entendiéndose como tales: dinero efectivo, documentos bancarios y mercantiles, metales preciosos, sea de barras, amonedadas o elaborados, obras de arte y cualquier otro objeto que, atendida sus características haga aconsejable su traslado bajo medidas especiales de seguridad. CINCO: instalación de dispositivos, aparatos y sistemas de seguridad. SEIS: explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación con las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de competencia de dichas fuerzas y cuerpos. SIETE: y, en general, la prestación de servicios de recursos humanos, capacitación, asesorías y transportes de valores, en materias inherentes a la seguridad privada
Administración
La sociedad será administrada y representada por doña ÚRSULA ANDREA LAGOS GALLARDO, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIX JARA CADOT, Notario Público, 41a Notaría, Huérfanos 1160, subsuelo, Santiago, certifica: por escritura pública hoy ante mí, doña ÚRSULA ANDREA LAGOS GALLARDO, domiciliada para estos efectos en calle Obispo Arturo Espinoza Campo 2964, Comuna de Macul; viene en constituir una sociedad por acciones. NOMBRE: “PADLOCK SpA", nombre de fantasía “PADLOCK SpA". DOMICILIO: Santiago, pudiendo establecer agencias y sucursales en otros puntos del país o en el extranjero y sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. DURACION: Indefinida. OBJETO: El objeto de la sociedad será por cuenta propia, de terceros o asociados a terceros, la ejecución y prestación de servicios UNO: Vigilancia y protección de bienes establecimientos, espectáculos, certámenes o convenciones. DOS: Protección de personas determinadas. TRES: depósito, custodia, recuentos y clasificación de moneda, billetes, títulos de valores, y demás objeto que, por su valor económico y expectativas que generan, o por su peligrosidad puedan requerir protección especial, sin perjuicio de actividades propias de las entidades financieras. CUATRO: transporte y distribución de los objetos a que se refiere el punto anterior, entendiéndose como tales: dinero efectivo, documentos bancarios y mercantiles, metales preciosos, sea de barras, amonedadas o elaborados, obras de arte y cualquier otro objeto que, atendida sus características haga aconsejable su traslado bajo medidas especiales de seguridad. CINCO: instalación de dispositivos, aparatos y sistemas de seguridad. SEIS: explotación de centrales para la recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación con las fuerzas y cuerpos de seguridad, así como prestación de servicios de respuesta cuya realización no sea de competencia de dichas fuerzas y cuerpos. SIETE: y, en general, la prestación de servicios de recursos humanos, capacitación, asesorías y transportes de valores, en materias inherentes a la seguridad privada. ADMINISTRACION: La sociedad será administrada y representada por doña ÚRSULA ANDREA LAGOS GALLARDO, amplias facultades. CAPITAL: $10.000.000, dividido en 10.000 acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, se suscribe y paga íntegramente por doña ÚRSULA ANDREA LAGOS GALLARDO, ingresando en este acto, al contado y en dinero efectivo a la caja social la cantidad de diez millones de pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago a 25 de enero de 2019.