CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES LLAIMA DOS LIMITADA

CVE 1539616
Capital
$354.150.408 CLP
Fecha instrumento
4 de diciembre de 2018
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de diciembre de 2018
Notario
JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$354.150.408 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Limitación de responsabilidad: La

Objeto social

La Sociedad tendrá por giro y objeto societario el siguiente: invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito. Asimismo, es parte de su objeto societario adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines

Administración

El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá individualmente al señor JACQUES ALBERTO ALBAGLI VENTURA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular, don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, según consta en el Decreto Judicial debidamente protocolizado al final de los registro del mes pertinente, con oficio en calle Agustinas número mil setenta, segundo piso, Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2018, bajo el repertorio número 83.182-2018, ante mí: el señor JACQUES ALBERTO ALBAGLI VENTURA, por sí y en representación de: /Uno/ la señora IRENE VERÓNICA CAZÉS VENTURA; /Dos/ el señor DAVID FELIPE ALBAGLI CAZÉS; /Tres/ el señor ALEJANDRO JAVIER ALBAGLI CAZÉS; y, /Cuatro/ el señor NICOLÁS ALBAGLI CAZÉS; todos domiciliados para estos efectos en calle Cerro Colorado número cinco mil treinta, oficina cuatrocientos uno, comuna de Las Condes, Santiago; acordaron la división de la sociedad Inversiones Llaima Limitada. En virtud de dicha división, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Razón social: Se constituye una sociedad de responsabilidad limitada que girará bajo la razón social de "INVERSIONES LLAIMA DOS LIMITADA".- Capital: El capital social asciende a la suma de 354.150.408 pesos, aportado por los socios en la siguiente forma y proporción: /Uno/ el señor JACQUES ALBERTO ALBAGLI VENTURA, aporta y paga la cantidad de 22.596.696 pesos, equivalentes a 6,380% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; /Dos/ la señora IRENE VERÓNICA CAZÉS VENTURA, aporta y paga la cantidad de 110.819.205 pesos, equivalentes a 31,292% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; /Tres/ el señor DAVID FELIPE ALBAGLI CAZÉS, aporta y paga la cantidad de 73.578.169 pesos, equivalentes a 20,776% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; /Cuatro/ el señor ALEJANDRO JAVIER ALBAGLI CAZÉS, aporta y paga la cantidad de 73.578.169 pesos, equivalentes a 20,776% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social; y /Cinco/ el señor NICOLÁS ALBAGLI CAZÉS, aporta y paga la cantidad de 73.578.169 pesos, equivalentes a 20,776% del total de los derechos sociales, en dinero efectivo, el que ingresa en este mismo acto a la caja social.- Objeto: La Sociedad tendrá por giro y objeto societario el siguiente: invertir en toda clase de bienes muebles incorporales, tales como acciones, promesa de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, efectos de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades y asociaciones, y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, fondos mutuos, depósitos a plazo o a la vista, y títulos de crédito. Asimismo, es parte de su objeto societario adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas, y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines.- Administración y uso de la razón social: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá individualmente al señor JACQUES ALBERTO ALBAGLI VENTURA.- Duración: La duración de la Sociedad será de 10 años a contar de esta fecha, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales de diez años, si ninguno de los socios expresa su voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio correspondiente, con no menos de seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Limitación de responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada hasta el monto de sus respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 28 de enero de 2019.