Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2019
- Repertorio
- 520
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.537
Objeto social
desarrollar, construir y comercializar bienes del edificio que se construirá en una única etapa en el inmueble a que se alude genéricamente, consistentes principalmente, en departamentos, bodegas y estacionamientos, acogidos a las normas de la Ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria y su Reglamento, pudiendo también incluir propiedades comerciales. El inmueble donde se situará el edificio se emplaza en calles Carlos Alvarado y Hernando de Magallanes y Pasaje Paquetá, en la cercanía de Avenidas Bilbao y Manquehue Sur, comuna de Las Condes, Santiago, incluyendo varias propiedades en el sector que se emplazan esas calles y pasaje
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHumberto Quezada Moreno, Titular Vigésimo Sexta Notaría Santiago, Huérfanos N° 835, 2º piso, certifica: por escritura pública de fecha 23 de Enero de 2019, Repertorio N° 520, ante mí, Empresa Constructora Moller y Pérez Cotapos S.A., RUT Nº 92.770.000 – K, constituyó sociedad por acciones. Nombre: “INMOBILIARIA MPC ALONSO DE ERCILLA SpA”. Domicilio: comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana. Objeto: desarrollar, construir y comercializar bienes del edificio que se construirá en una única etapa en el inmueble a que se alude genéricamente, consistentes principalmente, en departamentos, bodegas y estacionamientos, acogidos a las normas de la Ley Nº 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria y su Reglamento, pudiendo también incluir propiedades comerciales. El inmueble donde se situará el edificio se emplaza en calles Carlos Alvarado y Hernando de Magallanes y Pasaje Paquetá, en la cercanía de Avenidas Bilbao y Manquehue Sur, comuna de Las Condes, Santiago, incluyendo varias propiedades en el sector que se emplazan esas calles y pasaje. Capital: $10.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscrito y pagado. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Santiago, 24 de Enero de 2019. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.