MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Importaciones Parma Chile SpA

RUT 76622736-8 CVE 1539638
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de enero de 2019
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
18 de enero de 2019
Notario
Felipe Leiva Ilabaca
Domicilio
don Francisco Javier Leiva Carvajal
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad consistirá en: a) efectuar por cuenta propia o ajena, la importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, automóviles, productos textiles, prendas de vestir, telas, accesorios de vestir, calzados, joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, Cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones, juguetes, accesorios electrónicos, menaje en general, artículos para el hogar, oficina e industria, ya sea nuevos o usados, antigüedades, obras de arte; bicicleta y accesorios para bicicleta, alimentos en general, bebidas no alcohólica, equipos para restaurant; fabricar y ensamblar todo tipo de productos; b) representar marcas nacionales e internacionales y, toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores, y cualquier actividad que los socios determinen; c) actuar, como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y)o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren de Zonas Francas y)o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero; d) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; e) La adquisición, loteamiento, comercialización, arrendamiento, venta, realización de operaciones de leasing y la inversión y explotación bajo cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de toda clase de terrenos, edificaciones y bienes inmuebles en general; f) la compra venta e inversión en todo tipo de bienes corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en co-participación con terceros; y toda otra actividad relacionada con las anteriores, en la actualidad o en el futuro que se acuerde.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Felipe Leiva Ilabaca, Abogado, Notario Público Suplente de don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular 2ª Notaría Santiago, Amunategui 73, Santiago, certifico: por escritura de fecha 18-01-2019, ante mí: Don Zhengbo Xu, de nacionalidad china, comerciante, soltero, C.I.Ext. N° 22.413.957-8; don Xiaojie Xu, de nacionalidad china, comerciante, soltero, C.I.Ext. N° 26.622.579-2; y don Yanjun Li, de nacionalidad china, comerciante, soltero, C.I.Ext. N° 26.292.445-9, todos con domicilio en Calle San Alfonso N° 299, de la comuna de Santiago, Región Metropolitana; modifican sociedad por acciones. Antecedentes. a) La sociedad se constituyó por escritura pública con fecha 19-01-2.017 suscrita ante Notario Público de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, con nombre “IMPORTACIONES PARMA CHILE SpA”, Rut. 76.622.736-8, cuyo extracto se inscribió en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, a fojas 9.237, bajo el número 5.209, correspondiente al año 2.017. b) A la fecha de hoy, según registro de la sociedad, que se ha tenido a la vista, son únicos accionistas y titulares del 100% de las acciones de la compañía: Don Zhengbo Xu, con 15.000 acciones, con la suma de $15.000.000, equivalentes el 75% de los derechos sociales; don Xiaojie Xu, con 2.500 acciones, con la suma de $2.500.000, equivalentes el 12,5% de los derechos sociales; y don Yanjun Li, con 2.500 acciones, con la suma de $2.500.000, equivalentes el 12,5% de los derechos sociales. Modificación. Por el presente instrumento los únicos y actuales accionistas de la sociedad vienen en modificar la sociedad en el siguiente sentido: I.- Se reemplaza la cláusula quinta por la siguiente: “Cláusula Quinta. Capital: El capital social será de $20.000.000, que se divide en 20.000 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, las que serán emitidas sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las 20.000 acciones en que se divide el capital de la sociedad se suscriben y pagan de la siguiente manera: Don Zhengbo Xu, suscribe 15.000 acciones por la suma de $15.000.000; Don Xiaojie Xu, suscribe 2.500 acciones por la suma de $2.500.000; y Don Yanjun Li, suscribe 2.500 acciones por la suma de $2.500.000. En consecuencia, el capital de la sociedad queda íntegramente suscrito y pagado.” II.- Ampliando el objeto social, reemplazando la cláusula cuarta, por la siguiente: “Cláusula Cuarta. Objeto: El objeto de la sociedad consistirá en: a) efectuar por cuenta propia o ajena, la importación, exportación, comercialización y distribución de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, automóviles, productos textiles, prendas de vestir, telas, accesorios de vestir, calzados, joyería, bisutería, piedras preciosas; relojería e instrumentos cronométricos, Cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas, sombrillas y bastones, juguetes, accesorios electrónicos, menaje en general, artículos para el hogar, oficina e industria, ya sea nuevos o usados, antigüedades, obras de arte; bicicleta y accesorios para bicicleta, alimentos en general, bebidas no alcohólica, equipos para restaurant; fabricar y ensamblar todo tipo de productos; b) representar marcas nacionales e internacionales y, toda otra operación directa o indirecta relacionada con las anteriores, y cualquier actividad que los socios determinen; c) actuar, como usuarios de los Sistemas de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren de Zonas Francas y/o regímenes de excepción aduanero, sean éstas que se encuentren dentro del país o en el extranjero; d) La compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; la formación y la participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro; y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; y cualquier otro negocio que acordaren los socios; e) La adquisición, loteamiento, comercialización, arrendamiento, venta, realización de operaciones de leasing y la inversión y explotación bajo cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de toda clase de terrenos, edificaciones y bienes inmuebles en general; f) la compra venta e inversión en todo tipo de bienes corporales o incorporales de toda clase, como ser: acciones, bonos, debentures; y en general, invertir en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir frutos. Para el cumplimiento de los objetos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en co-participación con terceros; y toda otra actividad relacionada con las anteriores, en la actualidad o en el futuro que se acuerde.” Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago 29-01-2019.