Instrumento
- Fecha
- 22 de enero de 2019
- Notario
- OLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ
- Oficio
- 31. Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por
Administración
La Administración, Representación y uso de la razón social corresponderá al constituyente Doña ZAIDA RAVENTOS AGUSTI , quien actuando en forma individual , por la sociedad y anteponiendo su firma a la
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalOLIMPIA SCHNEIDER MOENNE-LOCCOZ, Notario Público Titular 31. Notaría Santiago, Huérfanos 1055, local 328; Certifico: Por escritura hoy ante mí, doña ZAIDA RAVENTOS AGUSTI, española, medico Estética, soltera, cedula de identidad extranjero número veintiséis millones trescientos treinta mil cuatrocientos treinta y nueve guion k, domiciliada en El Tamarugo mil cuatrocientos noventa departamento ochocientos uno Comuna de Vitacura, y don JAVIER ALEJANDRO RAMIREZ GRAJALES, chileno, Bailarín Profesional soltero, cedula nacional de identidad número veintiún millones ciento cincuenta y cuatro mil setecientos tres guion cero, domiciliado en Virreinato treinta y seis departamento diez Comuna de Santiago Centro, constituyeron sociedad por acciones.- NOMBRE: La razón social será: “SOCIEDAD MEDICA R&R SpA”, pudiendo usar ante todo tipo de entidades públicas o privadas, incluso bancos e instituciones financieras, el nombre de fantasía “R&R ESTETICA SpA”- OBJETO: La sociedad tiene por objeto: La prestación de servicios médicos, consultas médicas, atención de urgencia, cirugía, hospitalaria a clínicas privadas, centros médicos y toda otra institución relacionada con la salud y el bienestar.- b).-Consultoría y asesoramiento en materias de salud y del bienestar de toda índole y que abarque la atención al paciente de manera integral, prestación de servicios de toda clase de especialidades en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios de Fondo Nacional de Salud o Institutos de salud previsional o Servicios de Bienestar.- c).- Compra, venta, importación, exportación, distribución y representación, de todo tipo de maquinarias, equipos e instrumental destinados al área de la salud y del bienestar /instrumental médico, deportivo y estético/, referente tanto en el equipamiento pasivo como el activo relacionado con dichas especialidades; y d).- Las asesorías, capacitaciones, charlas, seminarios, clases magistrales, cursos, diplomados, en las áreas de las especialidades de la salud y del bienestar integral del paciente /área médica, deportiva y estética/. Las actividades económicas derivadas del objeto social podrán efectuarla personalmente, por la sociedad, en asociación, o coparticipación con terceros sean estas personas naturales o jurídicas. Los socios podrán realizar cualquier acto relacionado con el objeto de la sociedad y cualquier acto distinto, si lo hacen de común acuerdo Para los efectos antes expuestos podrán realizar todas las actividades y celebrar todos los actos y contratos que fueren necesarios o conducentes a los fines sociales.- ADMINISTRACIÓN: La Administración, Representación y uso de la razón social corresponderá al constituyente Doña ZAIDA RAVENTOS AGUSTI , quien actuando en forma individual , por la sociedad y anteponiendo su firma a la razón social.- CAPITAL: El capital social asciende a la suma de un millón de pesos, divididos en mil acciones nominativas que representan el cien por ciento del capital social, correspondiéndole al constituyente a doña ZAIDA RAVENTOS AGUSTI, la cantidad de seiscientas acciones nominativas que representa el sesenta por ciento del capital social, suscritas y pagada y a don JAVIER ALEJANDRO RAMIREZ GRAJALES, la cantidad de cuatrocientas acciones nominativas que representa el cuarenta por ciento del capital social suscritas y pagadas. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieran abrir en el resto del país o en el extranjero, para lo cual bastará la sola voluntad del administrador de la sociedad.- DURACIÓN: La sociedad empezará a regir en la fecha de la presente escritura y tendrá una duración indefinida.-Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 22 DE ENERO DE 2019.