SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS INMOBILIARIOS START OK SpA
Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2019
- Repertorio
- 806-2019
- Notario
- JOSE DONOSO MUSIATE
- Domicilio
- Concepción
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE DONOSO MUSIATE, Notario Público Titular de Concepción, Rengo 444, certifico: Que por escritura pública de fecha 21 de Enero de 2019, Repertorio N°806-2019, compareció ante don Ramón García Carrasco, doña María Olivia Pantoja Robles, redujo a escritura pública el acta de la Cuarta Junta Extraordinaria de Accionistas de SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS INMOBILIARIOS START OK SpA RUT 76.769.352-4, en la cual consta que: En Concepción, a 07 de enero de 2019 a las 16:00 horas, en Calle Barros Arana 942 oficina 51, ciudad de Concepción se lleva a cabo la Cuarta junta extraordinaria de accionistas de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y SERVICIOS INMOBILIARIOS START OK SpA” Preside la reunión don JUAN ESTEBAN GOMEZ PEÑA y actúa de secretaria doña MARIA OLIVIA PANTOJA ROBLES. Con la asistencia de la unanimidad de los socios accionistas que representan el cien por ciento de las acciones emitidas y con derecho a voto. Objeto de la junta: El Presidente manifestó que el objeto de la junta es someter a aprobación de los accionistas, la modificación del artículo Decimo Primero del título Tercero, solo en el párrafo hasta el primer punto seguido, de los estatutos de constitución de la sociedad que constan en escritura pública fecha diecisiete de julio de dos mil diecisiete otorgada en la Notaria de don Ramón García Carrasco número de repertorio siete mil ochocientos veintiuno del año dos mil diecisiete. Acuerdos: Los accionistas aprobaron por unanimidad la propuesta realizada por el presidente. En consecuencia, el texto del Decimo Primero de la sociedad queda en adelante modificado y con el texto que se señala a continuación: “TITULO TERCERO. DE LA ADMINISTRACIÓN Artículo Décimo primero: La administración y representación de la sociedad le corresponderá a doña MARIA OLIVIA PANTOJA ROBLES la que podrá actuar individualmente, o bien a través de personas especialmente designadas para ello.” Eliminándose la frase “o bien a través de personas especialmente designadas para ello por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen.”, y dejándose claro en el acta que, el restante contenido de este articulo no sufre modificación alguna.” Cumplimiento de Acuerdos: Por la unanimidad de los accionistas asistentes con derecho a voto, se conviene en llevar a efecto todos los acuerdos tomados en la presente junta en forma inmediata a partir de esta fecha, sin perjuicio de que se deberán realizar los trámites legales para tales efectos.- Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, Enero 28 de 2019.