MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INDUSTRIALES PYCG LIMITADA

RUT 76264953-5 CVE 1538250
Fecha instrumento
24 de agosto de 2015
Notaría
Santiago de don Gabriel Ogalde Rodríguez

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2015
Notario
MANUEL C.P. CAMMAS MONTES
Oficio
1ª Notaría de Maipú-Santiago
Comuna
Santiago de don Gabriel Ogalde Rodríguez

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MANUEL C.P. CAMMAS MONTES, Abogado, Notario Público, Titular 1ª Notaría de Maipú-Santiago, Monumento 2079, Maipú, certifica: Por escritura hoy ante mí, Don CRISTOPHER ANDRES GONZALEZ FUENTES, domiciliado en pasaje Malloco número mil cuarenta y tres, Comuna de Maipú; don PABLO CESAR GONZALEZ FUENTES, domiciliado en San Hugo número dos mil setecientos sesenta y nueve, comuna de Maipú; y doña LORENA PAZ GONZALEZ FUENTES, domiciliada en Undécima Boulevard número mil ciento cincuenta y nueve, comuna de Valparaíso, de paso en esta; Sanean y modifican: SOCIEDAD PYCG CONSTRUCCIÓN LIMITADA, o también conocida como “PYCG LTDA”, constituida con fecha 24/01/2013, suscrita en la Notaria de Santiago de don Gabriel Ogalde Rodríguez, cuyo extracto fue inscrito a fojas 11542 N°7732 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2013; Posteriormente por escritura pública de fecha 24/08/2015, otorgada en esta Notaria se modifico y rectifico dicha sociedad, cuyo extracto fue inscrito a fojas 71229 N°41589 del Registro de Comercio de Santiago correspondiente al año 2015; en los siguiente: Uno) se rectificó nombre del socio como Pablo Andrés González Fuentes siendo el nombre correcto Pablo Cesar González Fuentes; dos) el socio don Pablo Cesar González Fuentes, titular del 30% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el 29% por ciento de derechos sociales a su consocio don Cristopher Andrés González Fuentes, quien adquiere y acepta para sí. Quedando como únicos socios de la sociedad, don Pablo Cesar González Fuentes, con 1% de los derechos sociales; y don Cristopher Andrés González Fuentes, con el 99% de los derechos sociales; tres) Se amplió el objeto social por lo siguiente: a) Compra y venta de materiales de construcción; revestimiento epóxicos; cerrajería; y otras actividades relacionadas con la construcción; y b) contratista en pintura, construcción en general, transporte, prestación de servicios, asesorías, arrendamiento de maquinaria y herramientas de todo tipo, y toda otra actividad que los socios acuerden. En general la sociedad podrá realizar cualquier acto o negocio relacionado con el objeto referido anterior; y Cuatro.- Se sustituyo el nombre o razón social de SOCIEDAD PYCG CONSTRUCCIÓN LIMITADA, por el de "SERVICIOS INDUSTRIALES PYCG LIMITADA”.- Se incurrió en un error en el extracto al no señalar las modificaciones indicada en los puntos Tres y Cuatro, que los socios acordaron cambiar en el pacto social. Los comparecientes, sanean y acuerdan en ratificar en todas sus partes la escritura pública de modificación de sociedad de 24/08/2015 otorgada en esta Notaria, debiendo agregar para todos los efectos legales de las siguientes modificaciones: Se amplió el objeto social por lo siguiente: a) Compra y venta de materiales de construcción; revestimiento epóxicos; cerrajería; y otras actividades relacionadas con la construcción; y b) contratista en pintura, construcción en general, transporte, prestación de servicios, asesorías, arrendamiento de maquinaria y herramientas de todo tipo, y toda otra actividad que los socios acuerden. En general la sociedad podrá realizar cualquier acto o negocio relacionado con el objeto referido anterior; y Se sustituyo el nombre o razón social de SOCIEDAD PYCG CONSTRUCCIÓN LIMITADA, por el de "SERVICIOS INDUSTRIALES PYCG LIMITADA”.- En este mismo acto realizan las siguientes modificaciones: el socio don CRISTOPHER ANDRES GONZALEZ FUENTES, titular del 99% de los derechos sociales, vende, cede y transfiere la totalidad de sus derechos sociales a doña LORENA PAZ GONZALEZ FUENTES, quien adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $6.000.000, que la cesionaria paga al cedente en este mismo acto, en dinero efectivo.- En virtud de la cesión de derechos antes mencionada quedan como únicos socios de la sociedad, don Pablo Cesar González Fuentes, con 1% de los derechos sociales; y doña Lorena Paz González Fuentes, con el 99% de los derechos sociales.- Demás estipulaciones orden interno, escritura que extracto. Santiago, 11 de Enero de 2019.