CONSTITUCIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

OSCAR DAVID SANTIBAÑEZ INOSTROZA E.I.R.L.

CVE 1538368
Notaría
Viña del Mar
Duración
Definida

Instrumento

Comuna
Viña del Mar

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la empresa será en la comuna de Viña del Mar 4.- La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a OSCAR DAVID SANTIBAÑEZ INOSTROZA quien actuando por la empresa, la representará con las más amplias facultades. 5
Duración
la empresa tendrá una duración de tres años, los cuales se entenderán prorrogados automáticamente por igual periodo de tiempo, si el titular no manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública de declaración de voluntad, la que se inscribirá al margen de la inscripción social y deberá cumplir todas las formalidades previstas en la ley

Objeto social

El objeto de la empresa será: brindar servicios de asesorías profesionales en gestión de recursos humanos y desarrollo organizacional tales como: servicios reclutamiento y selección de personal, servicios de headhunting y búsqueda de talentos, servicios de capacitación, entrenamiento, talleres indoor y outdoor, servicios de consultoría e implementación de proyectos en desarrollo organizacional, servicios de evaluaciones psicolaborales, servicios de coaching organizacional, servicios de gestión de clima y cultura organizacional, consultoría en employer branding, asesoría en gestión de empleabilidad (diseño de CV, preparación para entrevistas, uso de redes sociales y búsqueda laboral, etc.), servicios de relatoría, docencia y charlas técnicas, servicios de outplacement, y, en general, toda actividad que se relacione con lo ya expresado, y otras que en el futuro acuerde el constituyente. 3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRIGUEZ, abogado Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Viña del Mar, con domicilio en calle Arlegui número trescientos treinta y tres, local ciento once, Certifica: Por escritura de fecha veintidós de Enero de dos mil dieciocho ante mí: OSCAR DAVID SANTIBAÑEZ INOSTROZA, quien constituye Empresa Individual de Responsabilidad Limitada ‘’ OSCAR DAVID SANTIBAÑEZ INOSTROZA EIRL.” en el siguiente sentido: 1.- Constituye empresa individual de responsabilidad limitada de conformidad a la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, de fecha once de febrero del año dos mil tres. 2.- OBJETO: El objeto de la empresa será: brindar servicios de asesorías profesionales en gestión de recursos humanos y desarrollo organizacional tales como: servicios reclutamiento y selección de personal, servicios de headhunting y búsqueda de talentos, servicios de capacitación, entrenamiento, talleres indoor y outdoor, servicios de consultoría e implementación de proyectos en desarrollo organizacional, servicios de evaluaciones psicolaborales, servicios de coaching organizacional, servicios de gestión de clima y cultura organizacional, consultoría en employer branding, asesoría en gestión de empleabilidad (diseño de CV, preparación para entrevistas, uso de redes sociales y búsqueda laboral, etc.), servicios de relatoría, docencia y charlas técnicas, servicios de outplacement, y, en general, toda actividad que se relacione con lo ya expresado, y otras que en el futuro acuerde el constituyente. 3.- DOMICILIO: El domicilio de la empresa será en la comuna de Viña del Mar 4.- La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a OSCAR DAVID SANTIBAÑEZ INOSTROZA quien actuando por la empresa, la representará con las más amplias facultades. 5-. CAPITAL SOCIAL: es la suma de ochocientos mil pesos. 6.- Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular, separado del patrimonio de la empresa una vez que se hubieren retirado, y no habrá acción contra ellas por las obligaciones de la empresa. 7.- RAZON SOCIAL: “OSCAR DAVID SANTIBAÑEZ INOSTROZA EIRL.” o H & S CONSULTING EIRL. 8.- DURACION: la empresa tendrá una duración de tres años, los cuales se entenderán prorrogados automáticamente por igual periodo de tiempo, si el titular no manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública de declaración de voluntad, la que se inscribirá al margen de la inscripción social y deberá cumplir todas las formalidades previstas en la ley.