MEDICOS DE CUBA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de enero de 2019
- Notario
- KARINA FLORES MUÑOZ
- Oficio
- Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es: a) La atención medica de pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales, especialmente con el Fondo Nacional de Salud FONASA, y las instituciones de Salud Previsional ISAPRES; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en las especialidades de ginecología y obstetricia, hematología clínica, medicina interna, medicina nuclear, neurología y neurocirugía adultos y niños, cardiología, reumatología, gastroenterología, bronco pulmonar, diabetes, riñón y vías urinarias, pediatría general, dermatología, endocrinología, enfermedades respiratorias y alergias, psicología infantil, adolescente y adulto, psiquiatría infantil y adultos, infectologia, traumatología y ortopedia, geriatría, urología, odontología general y maxilofacial, oftalmología, oncología, otorrinolaringología, radioterapia y radiología, medicina general, cirugía general, cirugía infantil, cirugía plástica, y demás que sean relacionadas en la actualidad o en el fututo, de cualquier manera, con la Medicina y el tratamiento de toda clase de enfermos y enfermedades; b) Atención, instalación y funcionamiento de sanatorios y)o clínicas médicas, por cuenta propia o ajena o de otros establecimientos asistenciales, como casas de reposo, asilos, clínicas o casas geriátricas y otras del área; atención de pacientes internos, externos y de terceros; administración y dirección económica, técnica y medica de establecimientos relacionados con la Medicina y con el tratamiento de incapacitados, disminuidos, ancianos y otros; dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científica; Realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; Realizar exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología; uso, compraventa, importación y exportación de instrumentos, artefactos, aparatos y maquinas medicas de toda clase; en general realizar cualquier actuación propia de la medicina y de la enfermería
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalKARINA FLORES MUÑOZ, Notario Público Suplente del Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, don ANDRES RIEUTORD ALVARADO, con oficio en calle La Concepción Número 65, piso 2, Providencia, Certifica: Por escritura pública de fecha 10 de enero de 2019, ante el Titular, GISELA VILLAFUERTE PIÑEIRO, cédula nacional de identidad N°14.632.268-9, con domicilio en calle Los Espinos N°3.365, departamento 102, comuna de Macul, Santiago y ERNESTO PEREZ MESA, cédula nacional de identidad N°14.671.802-7, con domicilio en calle Pedro de Valdivia N°2.633, departamento 74-A, comuna de Ñuñoa, Santiago, como únicos socios acuerdan modificar la sociedad MEDICOS DE CUBA LIMITADA, Inscrita a fojas 7.032 N°5.518, del Registro de Comercio de Santiago del año 2003, Rut 77.904.440-8, transformando el tipo social a Sociedad por Acciones: Nombre: MEDICOS DE CUBA SpA, la que será su razón o firma social. Objeto: El objeto de la sociedad es: a) La atención medica de pacientes particulares o en convenio con empresas u otros organismos particulares, fiscales o semifiscales, especialmente con el Fondo Nacional de Salud FONASA, y las instituciones de Salud Previsional ISAPRES; en clínicas, hospitales, consultas, propias o ajenas, en las especialidades de ginecología y obstetricia, hematología clínica, medicina interna, medicina nuclear, neurología y neurocirugía adultos y niños, cardiología, reumatología, gastroenterología, bronco pulmonar, diabetes, riñón y vías urinarias, pediatría general, dermatología, endocrinología, enfermedades respiratorias y alergias, psicología infantil, adolescente y adulto, psiquiatría infantil y adultos, infectologia, traumatología y ortopedia, geriatría, urología, odontología general y maxilofacial, oftalmología, oncología, otorrinolaringología, radioterapia y radiología, medicina general, cirugía general, cirugía infantil, cirugía plástica, y demás que sean relacionadas en la actualidad o en el fututo, de cualquier manera, con la Medicina y el tratamiento de toda clase de enfermos y enfermedades; b) Atención, instalación y funcionamiento de sanatorios y/o clínicas médicas, por cuenta propia o ajena o de otros establecimientos asistenciales, como casas de reposo, asilos, clínicas o casas geriátricas y otras del área; atención de pacientes internos, externos y de terceros; administración y dirección económica, técnica y medica de establecimientos relacionados con la Medicina y con el tratamiento de incapacitados, disminuidos, ancianos y otros; dar cursos, charlas, exposiciones, simposios, seminarios y otros de divulgación y especialización científica; Realizar publicaciones, investigaciones, intercambios y experiencias de todo lo expresado; Realizar exámenes de laboratorio, farmacología, análisis, radiología; uso, compraventa, importación y exportación de instrumentos, artefactos, aparatos y maquinas medicas de toda clase; en general realizar cualquier actuación propia de la medicina y de la enfermería. Duración: Indefinida. Capital: $8.000.000.- y se encuentra dividido en 800 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Dicho capital corresponde al escriturado, el cual se encuentra íntegramente pagado, correspondiendo a cada accionista el siguiente número de acciones: Uno) doña GISELA VILLAFUERTE PIÑEIRO, suscribe la cantidad de 400 acciones por un valor equivalente a la suma de $4.000.000, acciones que se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a este acto con cargo a la participación social que le corresponda en la sociedad que se transforma; Dos) don ERNESTO PEREZ MESA, suscribe la cantidad de 400 acciones por un valor equivalente a la suma de $4.000.000, acciones que se encuentran íntegramente pagadas con anterioridad a este acto con cargo a la participación social que le corresponda en la sociedad que se transforma. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 17 de enero de 2019.