INVERSIONES Y RENTAS EAG LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de enero de 2019
- Comuna
- Providencia
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFernando Celis Urrutia, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia, con oficio en Paseo Presidente Errázuriz Echaurren 2615, Providencia, Certifica: Por escritura hoy ante mí, JUAN LUIS EUGENIO AVILÉS GUARACHI, C.I. N° 4.415.981-3; MARÍA IGNACIA AVILÉS LEÓN, C.I. N° 12.628.471-3; LUIS EUGENIO AVILÉS LEÓN, C.I. N° 8.826.191-7, todos para estos efectos domiciliados en Avenida Presidente Kennedy Número 5366, departamento 112, Comuna de Vitacura, ciudad de Santiago; y doña MARÍA FRANCISCA AVILÉS LEÓN, C.I. N° 8.826.258-1, domiciliada en calle El Overo número diez mil setecientos cincuenta y seis, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago; quienes modificaron la sociedad INVERSIONES Y RENTAS EAG LIMITADA, constituida 31 de mayo de 1995, Notaría de Juan Ricardo San Martin Urrejola, inscrita a fojas 13089 Número 10680 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1995. Socios son: JUAN LUIS EUGENIO AVILÉS GUARACHI, con un 99% y MARÍA FRANCISCA AVILÉS LEÓN, con un 1%. Producto de fallecimiento de cónyuge de JUAN LUIS EUGENIO AVILÉS GUARACHI, doña Ximena León Walker, herederos liquidan y parten parcialmente la sociedad conyugal y la comunidad hereditaria afectando la composición societaria. Luego de liquidaciones y adjudicaciones, se modifica la sociedad en cuanto al capital social cambiando el artículo tercero de los estatutos al siguiente: “Artículo Tercero: Capital. El capital de la sociedad es la suma de cuarenta y cuatro millones trescientos diez mil trescientos siete de pesos, que los socios han aportado y pagado en la proporción y forma que a continuación se indica: a) Don Juan Luis Eugenio Avilés Guarachi, ha aportado y pagado una suma correspondiente a un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales; y, b) doña María Francisca Avilés León, ha aportado y pagado la suma correspondiente a un uno por ciento de los derechos sociales. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.”. En todo lo no modificado se mantiene íntegramente vigente el estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Providencia, 08 de Enero de 2019.- Fernando Celis Urrutia, Abogado, Notario de Santiago, Titular de la Segunda Notaría de Providencia.-