COMERCIALIZADORA MONTECASSINO – A. DE SANTARÉM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de enero de 2019
- Notario
- ANTONIETA MENDOZA ESCALAS
- Domicilio
- San Sebastián Nº2750
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 5 años contados fecha escritura, prorrogables automática y sucesivamente 5 años forma expresada en escritura extractada
Objeto social
a) La importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes y servicios, de productos manufacturados, maquinaria, dispositivos e insumos y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) La realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías y prestación de servicios de ingeniería, de carácter profesional y técnico en las áreas inmobiliaria, comercial, económica y financiera; d) El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias y de inversión, como la compra, venta, administración, arrendamiento y explotación de todo tipo de bienes raíces; la promoción, organización, desarrollo y participación en proyectos y negocios inmobiliarios; y e) la realización de cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social que los socios acuerden; Administración, representación y
Administración
Jorge Luis Carle Pocorobba, facultades constan escritura extractada;
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JORGE LUIS CARLE POCOROBBA | socio | 8892486-K | — | — | |
| Las Condes y PIETRA POCOROBBA CASTIGLIONE | socio | 4533745-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MENDOZA ESCALAS, Abogado, Notario Público, San Sebastián Nº2750, Las Condes, certifico: Por escritura de hoy, ante mí: JORGE LUIS CARLE POCOROBBA, RUT Nº8.892.486-K, calle Ebro Nº2751 departamento 402, Las Condes y PIETRA POCOROBBA CASTIGLIONE, RUT Nº4.533.745-6, Avda. Alemania Nº396, Los Ángeles, constituyeron sociedad responsabilidad limitada: Nombre: “COMERCIALIZADORA MONTECASSINO – A. DE SANTARÉM LIMITADA”, abreviado “MONTECASSINO LTDA"; Domicilio: Santiago; Objeto: a) La importación, exportación, compraventa, comisión, consignación, distribución, representación y comercialización, por cuenta propia o ajena, de cualquier clase de bienes y servicios, de productos manufacturados, maquinaria, dispositivos e insumos y mercaderías en general, sean de procedencia nacional o extranjera, ya sea en el mercado interno o externo, al por mayor o al detalle; b) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos y cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) La realización de todo tipo de estudios, asesorías, consultorías y prestación de servicios de ingeniería, de carácter profesional y técnico en las áreas inmobiliaria, comercial, económica y financiera; d) El desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias y de inversión, como la compra, venta, administración, arrendamiento y explotación de todo tipo de bienes raíces; la promoción, organización, desarrollo y participación en proyectos y negocios inmobiliarios; y e) la realización de cualquier otra actividad que se relacione directa o indirectamente con el objeto social que los socios acuerden; Administración, representación y uso de la razón social: Jorge Luis Carle Pocorobba, facultades constan escritura extractada; Capital: $5.000.000, socios aportan dinero efectivo: Jorge Luis Carle Pocorobba: $4.950.000 y Pietra Pocorobba Castiglione: $50.000; Socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes; Duración: 5 años contados fecha escritura, prorrogables automática y sucesivamente 5 años forma expresada en escritura extractada. Otras estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 25 enero 2019.