CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CLINICA DENTAL FLEITAS HERNANDEZ LIMITADA

CVE 1538606
Capital
$15.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de enero de 2019
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de enero de 2019
Notario
HUGO PATRICIO MONROY FOIX
Domicilio
Quillota

Sociedad

Capital
$15.000.000 CLP
Domicilio
Quillota
Duración
- La sociedad comenzará a regir desde el 1° febrero de 2019 y durara 10 años, prorrogables tácita y sucesivamente por igual cada vez período

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la odontología, general maxilofacial, higiene bucal, cirugía bucal, operatoria dental, prótesis, endodoncia, implantes dentales; B) la administración de clínicas, centros médicos y laboratorio; C) La inversión y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo adquisición y enajenación de los mismos; D) La compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución sean esta al por mayor o menor de materias primas, insumos e instrumental quirúrgico que tenga relación con la odontología y medicina en general; E) producción, diseño, fabricación, reparación y remodelación de todo tipo de prótesis dentales sean acrílicas, metálicas o combinadas , de metal porcelana en ceromero y cualquier otra que exista o pueda ser creada en el futuro; F) servicios de enfermería ocupacional, hospitalaria y clínica, producción, diseño, fabricación y reparación de todo tipo de aparatos dentales, sean fijos o removibles, correctivos o no y G) la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público o privado. Para ello los socios podrán celebrar todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden o determinen

Administración

El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a los socios doña ERIKA PATRICIA FLEITAS HERNANDEZ y a don JAVIER EDUARDO FLEITAS HERNANDEZ, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos, quienes lo ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social; amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HUGO PATRICIO MONROY FOIX, Abogado, Notario Público de Quillota, con domicilio en calle O’Higgins número cuatrocientos catorce, certifica por escritura pública de fecha 25 enero de 2019, ante mí, ERIKA PATRICIA FLEITAS HERNANDEZ, abogada, y don JAVIER EDUARDO FLEITAS HERNANDEZ, odontólogo, ambos domiciliados en calle cuatro, número quinientos noventa, comuna de Con Con, Quinta Región, constituyen sociedad de responsabilidad limitada. que se regirá por las normas contenidas en la ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores y por las disposiciones del Código de Comercio y Civil que versan sobre la materia, y en especial por las estipulaciones contenidas en la presente escritura; Razón Social.- La razón social será “CLINICA DENTAL FLEITAS HERNANDEZ LIMITADA”, pudiendo actuar y funcionar, inclusive ante los bancos y organismos del sector público o privado, servicios y otros con el nombre de fantasía “SONRISAS FLEITAS LTDA.” OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios profesionales en las diversas especialidades de la odontología, general maxilofacial, higiene bucal, cirugía bucal, operatoria dental, prótesis, endodoncia, implantes dentales; B) la administración de clínicas, centros médicos y laboratorio; C) La inversión y administración de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, propios o de terceros, y la percepción de sus frutos, incluyendo adquisición y enajenación de los mismos; D) La compra, venta, exportación, importación, comercialización y distribución sean esta al por mayor o menor de materias primas, insumos e instrumental quirúrgico que tenga relación con la odontología y medicina en general; E) producción, diseño, fabricación, reparación y remodelación de todo tipo de prótesis dentales sean acrílicas, metálicas o combinadas , de metal porcelana en ceromero y cualquier otra que exista o pueda ser creada en el futuro; F) servicios de enfermería ocupacional, hospitalaria y clínica, producción, diseño, fabricación y reparación de todo tipo de aparatos dentales, sean fijos o removibles, correctivos o no y G) la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de Salud o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público o privado. Para ello los socios podrán celebrar todos los actos, contratos y negocios encaminados a tales fines; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sean una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden o determinen.- DOMICILIO: La sociedad tendrá su domicilio en la ciudad de Quillota, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en cualquier otro punto del país e incluso en el extranjero.- USO DE LA RAZÓN SOCIAL Y ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social, la administración y representación de la sociedad corresponderá a los socios doña ERIKA PATRICIA FLEITAS HERNANDEZ y a don JAVIER EDUARDO FLEITAS HERNANDEZ, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y ejecutar todos los actos, quienes lo ejercerán por sí o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social; amplias facultades.- CAPITAL: $15.000.000.- que se enteran siguiente manera: a) Doña ERIKA PATRICIA FLEITAS HERNANDEZ, aporta la suma de $7.500.000 y que representa el 50% del capital social; b) por su parte el socio JAVIER EDUARDO FLEITAS HERNANDEZ aporta la suma de $7.500.000 y que representa el 50% del capital social, todos en dinero efectivo, ya enterado en caja social.- RESPONSABILIDAD.- Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- INICIO Y DURACIÓN.- La sociedad comenzará a regir desde el 1° febrero de 2019 y durara 10 años, prorrogables tácita y sucesivamente por igual cada vez período. Demás estipulaciones escritura extractada. Quillota, 25 de enero de 2019.